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Cumaná and Margarita had to write to each other every two months: the five laws that close the pearl block of the quintos reales título with a register, a monthly visit and a cross-border ledger

Leyes xxxxij to xxxxvj of libro VIII, título X of the Recopilación police the pearl fishery. Nothing leaves the ranchería unquinted, on pain of six years' exile; one royal official must visit every month and may leave a deputy; where a ranchería straddles two governorships the officials exchange lists of who has quinted every two months, at four hundred silver pesos a lapse; unregistered pearls are forfeit wherever found; and emeralds follow the pearl rules. Folios 490-491.

Why this wins its question: Colonial smuggling is usually discussed at the scale of fleets, foreign interlopers and the Carrera de Indias, and the pearl fishery appears in that literature as a source rather than as an administered district. These five laws show the enforcement at the scale it actually operated: one named official walking into a ranchería once a month with power to send letters requisitorial outside his own jurisdiction, a two-month exchange of ledgers between the officials of Cumaná and Margarita built specifically against the excuse "we quinted in the other province", forfeiture that follows an unregistered pearl anywhere it is found, and a penalty schedule that prices an official's failure to share information at eight times his failure to inspect. The same block taxes New Granadan emeralds by cross-reference to a Caribbean fishery in a single sentence, and names no diver in any of the five laws — both of which are read here from the leaf rather than from a summary.

Claims

Every assertion below is bound to registered sources and carries its own confidence. Weight them; do not treat the page as uniformly authoritative.

  1. The pearl block of the royal-fifth título ends with enforcement rather than with the levy. In the fourth impression, printed at Madrid in 1791 by the widow of Joaquín Ibarra for the Royal and Supreme Council of the Indies, leyes xxxxij to xxxxvj of libro VIII título X run from ley xxxxij's heading in the right-hand column of the printed folio 490 to the end of ley xxxxvj in the right-hand column of folio 491, where the heading of ley xxxxvij stands below it. Both boundaries were read on the leaves, and ley xxxxvij opens the block that closes the título, already held by a separate entry in this corpus — so these five laws leave no gap in it.

    confidence 0.9Recopilación de leyes de los reynos de las Indias, libro VIII título X "DE LOS QUINTOS REALES" — leyes xxxxij to xxxxvj alone, from the heading "Ley xxxxij. Que ningun dueño de Canoa, ni otra persona saque perlas de la ranchería sin quintarlas." in the right-hand column of the printed folio 490 to the end of ley xxxxvj in the right-hand column of folio 491, where the heading of ley xxxxvij stands below it. Ley xxxxij, margin "El mismo Ordenanza 10. de 1591", whose text reads "NIngun dueño de Canoa, ni otra qualquier persona pueda sacar perlas de la ranchería, sin haberlas quintado en Cumaná, ó la Margarita, ó las demas partes donde hubiere pesquería, pena de perdidas las perlas, que aplicamos por tercias partes, Cámara, Juez, y Denunciador, y mas seis años de destierro preciso de las Indias." Ley xxxxiij, rubric "Que los Oficiales Reales visiten las rancherías, y por el tiempo de la ausencia puedan dexar Tenientes", margin "El mismo allí, Ordenanza 12", whose text reads "CADA mes por lo ménos esté uno de nuestros Oficiales obligado á visitar la ranchería de su distrito, y hacer diligencias para saber, y averiguar los que no hubieren quintado, y proceda con mucho rigor contra los delinqüentes, y pueda despachar, y enviar requisitorias para traer los presos á su costa, estando fuera de la jurisdiccion, y al que tocare ir, cada vez que no lo cumpliere, condenamos en pena de cincuenta pesos, aplicados á nuestra Cámara, y le concedemos facultad para que en ausencia pueda dexar en su lugar Teniente de satisfaccion." Ley xxxxiiij, rubric "Que si la ranchería estuviere entre dos, ó mas jurisdicciones, se correspondan los Oficiales Reales, para averiguar los que no quintan", margin "El mismo Ordenanza 11", whose text reads "SI en Cumaná, y la Margarita, ó en otras dos, ó mas Gobernaciones, hubiere á un tiempo rancherías, nuestros Oficiales tengan por memoria á todos los dueños de Canoas, y Piraguas, vecinos, y forasteros, y cada dos meses envien los de una Gobernación á los de la otra, estando entre dos términos la ranchería, razon de lo que se hubiere quintado, con dia, y mes, para que conste de los que faltan, y no se excusen en una parte, diciendo, que quintáron en la otra, porque deben quintar en una de las dos, ó mas: y esta órden guarden nuestros Oficiales, pena de quatrocientos pesos de plata para nuestra Cámara, en la qual incurran cada vez, que no lo cumplieren." Ley xxxxv, rubric "Que no se puedan sacar perlas del distrito donde se pescaren, sin registro de los Oficiales de él", margin "D. Felipe II Ordenanza 13", whose text reads "NO se puedan sacar perlas fuera de la ranchería sin registro ante los Oficiales Reales, y las que no estuvieren registradas en qualquiera parte que sean aprehendidas, incurran en pena de comiso, y se tomen por perdidas, y apliquen á nuestra Cámara, Juez, y Denunciador, y la forma de registro sea como está ordenado, que quinten los dueños de Canoas." Ley xxxxvj, rubric "Que el quinto de las esmeraldas, y piedras preciosas se regule como el de las perlas", margin "El mismo Ordenanza 25. de 1579", whose text reads "MAndamos á nuestros Oficiales, que cobren el quinto de las esmeraldas, y otras piedras preciosas, conforme á lo dispuesto en las perlas, y diferencia de sus géneros, haciéndose cargo en los libros." · primary

  2. The first rule is territorial: the fifth must be paid before the pearl moves. Ley xxxxij, ordinance 10 of 1591, forbids any canoe owner or any other person to take pearls out of the ranchería without having quinted them "en Cumaná, ó la Margarita, ó las demas partes donde hubiere pesquería". The penalty is the pearls, applied in thirds to the Cámara, the judge and the informer, "y mas seis años de destierro preciso de las Indias" — banishment from the Indies, not from the province.

    confidence 0.9Recopilación de leyes de los reynos de las Indias, libro VIII título X "DE LOS QUINTOS REALES" — leyes xxxxij to xxxxvj alone, from the heading "Ley xxxxij. Que ningun dueño de Canoa, ni otra persona saque perlas de la ranchería sin quintarlas." in the right-hand column of the printed folio 490 to the end of ley xxxxvj in the right-hand column of folio 491, where the heading of ley xxxxvij stands below it. Ley xxxxij, margin "El mismo Ordenanza 10. de 1591", whose text reads "NIngun dueño de Canoa, ni otra qualquier persona pueda sacar perlas de la ranchería, sin haberlas quintado en Cumaná, ó la Margarita, ó las demas partes donde hubiere pesquería, pena de perdidas las perlas, que aplicamos por tercias partes, Cámara, Juez, y Denunciador, y mas seis años de destierro preciso de las Indias." Ley xxxxiij, rubric "Que los Oficiales Reales visiten las rancherías, y por el tiempo de la ausencia puedan dexar Tenientes", margin "El mismo allí, Ordenanza 12", whose text reads "CADA mes por lo ménos esté uno de nuestros Oficiales obligado á visitar la ranchería de su distrito, y hacer diligencias para saber, y averiguar los que no hubieren quintado, y proceda con mucho rigor contra los delinqüentes, y pueda despachar, y enviar requisitorias para traer los presos á su costa, estando fuera de la jurisdiccion, y al que tocare ir, cada vez que no lo cumpliere, condenamos en pena de cincuenta pesos, aplicados á nuestra Cámara, y le concedemos facultad para que en ausencia pueda dexar en su lugar Teniente de satisfaccion." Ley xxxxiiij, rubric "Que si la ranchería estuviere entre dos, ó mas jurisdicciones, se correspondan los Oficiales Reales, para averiguar los que no quintan", margin "El mismo Ordenanza 11", whose text reads "SI en Cumaná, y la Margarita, ó en otras dos, ó mas Gobernaciones, hubiere á un tiempo rancherías, nuestros Oficiales tengan por memoria á todos los dueños de Canoas, y Piraguas, vecinos, y forasteros, y cada dos meses envien los de una Gobernación á los de la otra, estando entre dos términos la ranchería, razon de lo que se hubiere quintado, con dia, y mes, para que conste de los que faltan, y no se excusen en una parte, diciendo, que quintáron en la otra, porque deben quintar en una de las dos, ó mas: y esta órden guarden nuestros Oficiales, pena de quatrocientos pesos de plata para nuestra Cámara, en la qual incurran cada vez, que no lo cumplieren." Ley xxxxv, rubric "Que no se puedan sacar perlas del distrito donde se pescaren, sin registro de los Oficiales de él", margin "D. Felipe II Ordenanza 13", whose text reads "NO se puedan sacar perlas fuera de la ranchería sin registro ante los Oficiales Reales, y las que no estuvieren registradas en qualquiera parte que sean aprehendidas, incurran en pena de comiso, y se tomen por perdidas, y apliquen á nuestra Cámara, Juez, y Denunciador, y la forma de registro sea como está ordenado, que quinten los dueños de Canoas." Ley xxxxvj, rubric "Que el quinto de las esmeraldas, y piedras preciosas se regule como el de las perlas", margin "El mismo Ordenanza 25. de 1579", whose text reads "MAndamos á nuestros Oficiales, que cobren el quinto de las esmeraldas, y otras piedras preciosas, conforme á lo dispuesto en las perlas, y diferencia de sus géneros, haciéndose cargo en los libros." · primary

  3. The crown puts an officer on the ground at a fixed interval. Ley xxxxiij, ordinance 12 of the same series, requires that at least once a month one of the royal officials be obliged to visit the ranchería of his district and make enquiries "para saber, y averiguar los que no hubieren quintado", proceeding "con mucho rigor" against offenders. The visit is a standing audit of the fishery, not a response to a complaint.

    confidence 0.9Recopilación de leyes de los reynos de las Indias, libro VIII título X "DE LOS QUINTOS REALES" — leyes xxxxij to xxxxvj alone, from the heading "Ley xxxxij. Que ningun dueño de Canoa, ni otra persona saque perlas de la ranchería sin quintarlas." in the right-hand column of the printed folio 490 to the end of ley xxxxvj in the right-hand column of folio 491, where the heading of ley xxxxvij stands below it. Ley xxxxij, margin "El mismo Ordenanza 10. de 1591", whose text reads "NIngun dueño de Canoa, ni otra qualquier persona pueda sacar perlas de la ranchería, sin haberlas quintado en Cumaná, ó la Margarita, ó las demas partes donde hubiere pesquería, pena de perdidas las perlas, que aplicamos por tercias partes, Cámara, Juez, y Denunciador, y mas seis años de destierro preciso de las Indias." Ley xxxxiij, rubric "Que los Oficiales Reales visiten las rancherías, y por el tiempo de la ausencia puedan dexar Tenientes", margin "El mismo allí, Ordenanza 12", whose text reads "CADA mes por lo ménos esté uno de nuestros Oficiales obligado á visitar la ranchería de su distrito, y hacer diligencias para saber, y averiguar los que no hubieren quintado, y proceda con mucho rigor contra los delinqüentes, y pueda despachar, y enviar requisitorias para traer los presos á su costa, estando fuera de la jurisdiccion, y al que tocare ir, cada vez que no lo cumpliere, condenamos en pena de cincuenta pesos, aplicados á nuestra Cámara, y le concedemos facultad para que en ausencia pueda dexar en su lugar Teniente de satisfaccion." Ley xxxxiiij, rubric "Que si la ranchería estuviere entre dos, ó mas jurisdicciones, se correspondan los Oficiales Reales, para averiguar los que no quintan", margin "El mismo Ordenanza 11", whose text reads "SI en Cumaná, y la Margarita, ó en otras dos, ó mas Gobernaciones, hubiere á un tiempo rancherías, nuestros Oficiales tengan por memoria á todos los dueños de Canoas, y Piraguas, vecinos, y forasteros, y cada dos meses envien los de una Gobernación á los de la otra, estando entre dos términos la ranchería, razon de lo que se hubiere quintado, con dia, y mes, para que conste de los que faltan, y no se excusen en una parte, diciendo, que quintáron en la otra, porque deben quintar en una de las dos, ó mas: y esta órden guarden nuestros Oficiales, pena de quatrocientos pesos de plata para nuestra Cámara, en la qual incurran cada vez, que no lo cumplieren." Ley xxxxv, rubric "Que no se puedan sacar perlas del distrito donde se pescaren, sin registro de los Oficiales de él", margin "D. Felipe II Ordenanza 13", whose text reads "NO se puedan sacar perlas fuera de la ranchería sin registro ante los Oficiales Reales, y las que no estuvieren registradas en qualquiera parte que sean aprehendidas, incurran en pena de comiso, y se tomen por perdidas, y apliquen á nuestra Cámara, Juez, y Denunciador, y la forma de registro sea como está ordenado, que quinten los dueños de Canoas." Ley xxxxvj, rubric "Que el quinto de las esmeraldas, y piedras preciosas se regule como el de las perlas", margin "El mismo Ordenanza 25. de 1579", whose text reads "MAndamos á nuestros Oficiales, que cobren el quinto de las esmeraldas, y otras piedras preciosas, conforme á lo dispuesto en las perlas, y diferencia de sus géneros, haciéndose cargo en los libros." · primary

  4. That law also grants a power that reaches beyond the official's own jurisdiction, and prices his failure to use it. He may "despachar, y enviar requisitorias para traer los presos á su costa, estando fuera de la jurisdiccion" — letters requisitorial to have prisoners brought in at their own cost from outside his district; and the official whose turn it is to go, each time he fails, is condemned in fifty pesos to the Cámara. He may leave "en su lugar Teniente de satisfaccion" during an absence, so the monthly cadence survives the officer.

    confidence 0.9Recopilación de leyes de los reynos de las Indias, libro VIII título X "DE LOS QUINTOS REALES" — leyes xxxxij to xxxxvj alone, from the heading "Ley xxxxij. Que ningun dueño de Canoa, ni otra persona saque perlas de la ranchería sin quintarlas." in the right-hand column of the printed folio 490 to the end of ley xxxxvj in the right-hand column of folio 491, where the heading of ley xxxxvij stands below it. Ley xxxxij, margin "El mismo Ordenanza 10. de 1591", whose text reads "NIngun dueño de Canoa, ni otra qualquier persona pueda sacar perlas de la ranchería, sin haberlas quintado en Cumaná, ó la Margarita, ó las demas partes donde hubiere pesquería, pena de perdidas las perlas, que aplicamos por tercias partes, Cámara, Juez, y Denunciador, y mas seis años de destierro preciso de las Indias." Ley xxxxiij, rubric "Que los Oficiales Reales visiten las rancherías, y por el tiempo de la ausencia puedan dexar Tenientes", margin "El mismo allí, Ordenanza 12", whose text reads "CADA mes por lo ménos esté uno de nuestros Oficiales obligado á visitar la ranchería de su distrito, y hacer diligencias para saber, y averiguar los que no hubieren quintado, y proceda con mucho rigor contra los delinqüentes, y pueda despachar, y enviar requisitorias para traer los presos á su costa, estando fuera de la jurisdiccion, y al que tocare ir, cada vez que no lo cumpliere, condenamos en pena de cincuenta pesos, aplicados á nuestra Cámara, y le concedemos facultad para que en ausencia pueda dexar en su lugar Teniente de satisfaccion." Ley xxxxiiij, rubric "Que si la ranchería estuviere entre dos, ó mas jurisdicciones, se correspondan los Oficiales Reales, para averiguar los que no quintan", margin "El mismo Ordenanza 11", whose text reads "SI en Cumaná, y la Margarita, ó en otras dos, ó mas Gobernaciones, hubiere á un tiempo rancherías, nuestros Oficiales tengan por memoria á todos los dueños de Canoas, y Piraguas, vecinos, y forasteros, y cada dos meses envien los de una Gobernación á los de la otra, estando entre dos términos la ranchería, razon de lo que se hubiere quintado, con dia, y mes, para que conste de los que faltan, y no se excusen en una parte, diciendo, que quintáron en la otra, porque deben quintar en una de las dos, ó mas: y esta órden guarden nuestros Oficiales, pena de quatrocientos pesos de plata para nuestra Cámara, en la qual incurran cada vez, que no lo cumplieren." Ley xxxxv, rubric "Que no se puedan sacar perlas del distrito donde se pescaren, sin registro de los Oficiales de él", margin "D. Felipe II Ordenanza 13", whose text reads "NO se puedan sacar perlas fuera de la ranchería sin registro ante los Oficiales Reales, y las que no estuvieren registradas en qualquiera parte que sean aprehendidas, incurran en pena de comiso, y se tomen por perdidas, y apliquen á nuestra Cámara, Juez, y Denunciador, y la forma de registro sea como está ordenado, que quinten los dueños de Canoas." Ley xxxxvj, rubric "Que el quinto de las esmeraldas, y piedras preciosas se regule como el de las perlas", margin "El mismo Ordenanza 25. de 1579", whose text reads "MAndamos á nuestros Oficiales, que cobren el quinto de las esmeraldas, y otras piedras preciosas, conforme á lo dispuesto en las perlas, y diferencia de sus géneros, haciéndose cargo en los libros." · primary

  5. One law is an information-sharing protocol between two provincial administrations. Ley xxxxiiij, ordinance 11, deals with a ranchería lying between the bounds of two or more governorships — "SI en Cumaná, y la Margarita, ó en otras dos, ó mas Gobernaciones" — and orders the royal officials of each to keep a memorandum of all owners of canoes and piraguas, "vecinos, y forasteros", residents and outsiders alike, and every two months to send the officials of the other "razon de lo que se hubiere quintado, con dia, y mes".

    confidence 0.9Recopilación de leyes de los reynos de las Indias, libro VIII título X "DE LOS QUINTOS REALES" — leyes xxxxij to xxxxvj alone, from the heading "Ley xxxxij. Que ningun dueño de Canoa, ni otra persona saque perlas de la ranchería sin quintarlas." in the right-hand column of the printed folio 490 to the end of ley xxxxvj in the right-hand column of folio 491, where the heading of ley xxxxvij stands below it. Ley xxxxij, margin "El mismo Ordenanza 10. de 1591", whose text reads "NIngun dueño de Canoa, ni otra qualquier persona pueda sacar perlas de la ranchería, sin haberlas quintado en Cumaná, ó la Margarita, ó las demas partes donde hubiere pesquería, pena de perdidas las perlas, que aplicamos por tercias partes, Cámara, Juez, y Denunciador, y mas seis años de destierro preciso de las Indias." Ley xxxxiij, rubric "Que los Oficiales Reales visiten las rancherías, y por el tiempo de la ausencia puedan dexar Tenientes", margin "El mismo allí, Ordenanza 12", whose text reads "CADA mes por lo ménos esté uno de nuestros Oficiales obligado á visitar la ranchería de su distrito, y hacer diligencias para saber, y averiguar los que no hubieren quintado, y proceda con mucho rigor contra los delinqüentes, y pueda despachar, y enviar requisitorias para traer los presos á su costa, estando fuera de la jurisdiccion, y al que tocare ir, cada vez que no lo cumpliere, condenamos en pena de cincuenta pesos, aplicados á nuestra Cámara, y le concedemos facultad para que en ausencia pueda dexar en su lugar Teniente de satisfaccion." Ley xxxxiiij, rubric "Que si la ranchería estuviere entre dos, ó mas jurisdicciones, se correspondan los Oficiales Reales, para averiguar los que no quintan", margin "El mismo Ordenanza 11", whose text reads "SI en Cumaná, y la Margarita, ó en otras dos, ó mas Gobernaciones, hubiere á un tiempo rancherías, nuestros Oficiales tengan por memoria á todos los dueños de Canoas, y Piraguas, vecinos, y forasteros, y cada dos meses envien los de una Gobernación á los de la otra, estando entre dos términos la ranchería, razon de lo que se hubiere quintado, con dia, y mes, para que conste de los que faltan, y no se excusen en una parte, diciendo, que quintáron en la otra, porque deben quintar en una de las dos, ó mas: y esta órden guarden nuestros Oficiales, pena de quatrocientos pesos de plata para nuestra Cámara, en la qual incurran cada vez, que no lo cumplieren." Ley xxxxv, rubric "Que no se puedan sacar perlas del distrito donde se pescaren, sin registro de los Oficiales de él", margin "D. Felipe II Ordenanza 13", whose text reads "NO se puedan sacar perlas fuera de la ranchería sin registro ante los Oficiales Reales, y las que no estuvieren registradas en qualquiera parte que sean aprehendidas, incurran en pena de comiso, y se tomen por perdidas, y apliquen á nuestra Cámara, Juez, y Denunciador, y la forma de registro sea como está ordenado, que quinten los dueños de Canoas." Ley xxxxvj, rubric "Que el quinto de las esmeraldas, y piedras preciosas se regule como el de las perlas", margin "El mismo Ordenanza 25. de 1579", whose text reads "MAndamos á nuestros Oficiales, que cobren el quinto de las esmeraldas, y otras piedras preciosas, conforme á lo dispuesto en las perlas, y diferencia de sus géneros, haciéndose cargo en los libros." · primary

  6. The law states the fraud it is built against, in the words of the man committing it. The exchange exists "para que conste de los que faltan, y no se excusen en una parte, diciendo, que quintáron en la otra, porque deben quintar en una de las dos, ó mas". A jurisdictional gap between two governorships is a place where a taxable thing can be said to have been declared elsewhere, and the remedy is a bilateral ledger on a two-month cycle rather than a new court or a merged jurisdiction.

    confidence 0.9Recopilación de leyes de los reynos de las Indias, libro VIII título X "DE LOS QUINTOS REALES" — leyes xxxxij to xxxxvj alone, from the heading "Ley xxxxij. Que ningun dueño de Canoa, ni otra persona saque perlas de la ranchería sin quintarlas." in the right-hand column of the printed folio 490 to the end of ley xxxxvj in the right-hand column of folio 491, where the heading of ley xxxxvij stands below it. Ley xxxxij, margin "El mismo Ordenanza 10. de 1591", whose text reads "NIngun dueño de Canoa, ni otra qualquier persona pueda sacar perlas de la ranchería, sin haberlas quintado en Cumaná, ó la Margarita, ó las demas partes donde hubiere pesquería, pena de perdidas las perlas, que aplicamos por tercias partes, Cámara, Juez, y Denunciador, y mas seis años de destierro preciso de las Indias." Ley xxxxiij, rubric "Que los Oficiales Reales visiten las rancherías, y por el tiempo de la ausencia puedan dexar Tenientes", margin "El mismo allí, Ordenanza 12", whose text reads "CADA mes por lo ménos esté uno de nuestros Oficiales obligado á visitar la ranchería de su distrito, y hacer diligencias para saber, y averiguar los que no hubieren quintado, y proceda con mucho rigor contra los delinqüentes, y pueda despachar, y enviar requisitorias para traer los presos á su costa, estando fuera de la jurisdiccion, y al que tocare ir, cada vez que no lo cumpliere, condenamos en pena de cincuenta pesos, aplicados á nuestra Cámara, y le concedemos facultad para que en ausencia pueda dexar en su lugar Teniente de satisfaccion." Ley xxxxiiij, rubric "Que si la ranchería estuviere entre dos, ó mas jurisdicciones, se correspondan los Oficiales Reales, para averiguar los que no quintan", margin "El mismo Ordenanza 11", whose text reads "SI en Cumaná, y la Margarita, ó en otras dos, ó mas Gobernaciones, hubiere á un tiempo rancherías, nuestros Oficiales tengan por memoria á todos los dueños de Canoas, y Piraguas, vecinos, y forasteros, y cada dos meses envien los de una Gobernación á los de la otra, estando entre dos términos la ranchería, razon de lo que se hubiere quintado, con dia, y mes, para que conste de los que faltan, y no se excusen en una parte, diciendo, que quintáron en la otra, porque deben quintar en una de las dos, ó mas: y esta órden guarden nuestros Oficiales, pena de quatrocientos pesos de plata para nuestra Cámara, en la qual incurran cada vez, que no lo cumplieren." Ley xxxxv, rubric "Que no se puedan sacar perlas del distrito donde se pescaren, sin registro de los Oficiales de él", margin "D. Felipe II Ordenanza 13", whose text reads "NO se puedan sacar perlas fuera de la ranchería sin registro ante los Oficiales Reales, y las que no estuvieren registradas en qualquiera parte que sean aprehendidas, incurran en pena de comiso, y se tomen por perdidas, y apliquen á nuestra Cámara, Juez, y Denunciador, y la forma de registro sea como está ordenado, que quinten los dueños de Canoas." Ley xxxxvj, rubric "Que el quinto de las esmeraldas, y piedras preciosas se regule como el de las perlas", margin "El mismo Ordenanza 25. de 1579", whose text reads "MAndamos á nuestros Oficiales, que cobren el quinto de las esmeraldas, y otras piedras preciosas, conforme á lo dispuesto en las perlas, y diferencia de sus géneros, haciéndose cargo en los libros." · primary

  7. The penalty for not keeping that correspondence falls on the officials and is the largest sum named in these five laws: "pena de quatrocientos pesos de plata para nuestra Cámara, en la qual incurran cada vez, que no lo cumplieren" — four hundred silver pesos, per lapse, against the fifty pesos the law immediately before it sets for missing the monthly visit. The crown priced an official's failure to exchange information at eight times his failure to make the inspection.

    confidence 0.85Recopilación de leyes de los reynos de las Indias, libro VIII título X "DE LOS QUINTOS REALES" — leyes xxxxij to xxxxvj alone, from the heading "Ley xxxxij. Que ningun dueño de Canoa, ni otra persona saque perlas de la ranchería sin quintarlas." in the right-hand column of the printed folio 490 to the end of ley xxxxvj in the right-hand column of folio 491, where the heading of ley xxxxvij stands below it. Ley xxxxij, margin "El mismo Ordenanza 10. de 1591", whose text reads "NIngun dueño de Canoa, ni otra qualquier persona pueda sacar perlas de la ranchería, sin haberlas quintado en Cumaná, ó la Margarita, ó las demas partes donde hubiere pesquería, pena de perdidas las perlas, que aplicamos por tercias partes, Cámara, Juez, y Denunciador, y mas seis años de destierro preciso de las Indias." Ley xxxxiij, rubric "Que los Oficiales Reales visiten las rancherías, y por el tiempo de la ausencia puedan dexar Tenientes", margin "El mismo allí, Ordenanza 12", whose text reads "CADA mes por lo ménos esté uno de nuestros Oficiales obligado á visitar la ranchería de su distrito, y hacer diligencias para saber, y averiguar los que no hubieren quintado, y proceda con mucho rigor contra los delinqüentes, y pueda despachar, y enviar requisitorias para traer los presos á su costa, estando fuera de la jurisdiccion, y al que tocare ir, cada vez que no lo cumpliere, condenamos en pena de cincuenta pesos, aplicados á nuestra Cámara, y le concedemos facultad para que en ausencia pueda dexar en su lugar Teniente de satisfaccion." Ley xxxxiiij, rubric "Que si la ranchería estuviere entre dos, ó mas jurisdicciones, se correspondan los Oficiales Reales, para averiguar los que no quintan", margin "El mismo Ordenanza 11", whose text reads "SI en Cumaná, y la Margarita, ó en otras dos, ó mas Gobernaciones, hubiere á un tiempo rancherías, nuestros Oficiales tengan por memoria á todos los dueños de Canoas, y Piraguas, vecinos, y forasteros, y cada dos meses envien los de una Gobernación á los de la otra, estando entre dos términos la ranchería, razon de lo que se hubiere quintado, con dia, y mes, para que conste de los que faltan, y no se excusen en una parte, diciendo, que quintáron en la otra, porque deben quintar en una de las dos, ó mas: y esta órden guarden nuestros Oficiales, pena de quatrocientos pesos de plata para nuestra Cámara, en la qual incurran cada vez, que no lo cumplieren." Ley xxxxv, rubric "Que no se puedan sacar perlas del distrito donde se pescaren, sin registro de los Oficiales de él", margin "D. Felipe II Ordenanza 13", whose text reads "NO se puedan sacar perlas fuera de la ranchería sin registro ante los Oficiales Reales, y las que no estuvieren registradas en qualquiera parte que sean aprehendidas, incurran en pena de comiso, y se tomen por perdidas, y apliquen á nuestra Cámara, Juez, y Denunciador, y la forma de registro sea como está ordenado, que quinten los dueños de Canoas." Ley xxxxvj, rubric "Que el quinto de las esmeraldas, y piedras preciosas se regule como el de las perlas", margin "El mismo Ordenanza 25. de 1579", whose text reads "MAndamos á nuestros Oficiales, que cobren el quinto de las esmeraldas, y otras piedras preciosas, conforme á lo dispuesto en las perlas, y diferencia de sus géneros, haciéndose cargo en los libros." · primary

  8. The register is what makes a pearl traceable once it has left. Ley xxxxv, Philip II's ordinance 13, forbids taking pearls out of the ranchería without registration before the royal officials, and provides that unregistered pearls "en qualquiera parte que sean aprehendidas, incurran en pena de comiso, y se tomen por perdidas". Seizure follows the goods anywhere in the monarchy rather than stopping at the district boundary, which is the same device the título uses for unquinted bullion.

    confidence 0.9Recopilación de leyes de los reynos de las Indias, libro VIII título X "DE LOS QUINTOS REALES" — leyes xxxxij to xxxxvj alone, from the heading "Ley xxxxij. Que ningun dueño de Canoa, ni otra persona saque perlas de la ranchería sin quintarlas." in the right-hand column of the printed folio 490 to the end of ley xxxxvj in the right-hand column of folio 491, where the heading of ley xxxxvij stands below it. Ley xxxxij, margin "El mismo Ordenanza 10. de 1591", whose text reads "NIngun dueño de Canoa, ni otra qualquier persona pueda sacar perlas de la ranchería, sin haberlas quintado en Cumaná, ó la Margarita, ó las demas partes donde hubiere pesquería, pena de perdidas las perlas, que aplicamos por tercias partes, Cámara, Juez, y Denunciador, y mas seis años de destierro preciso de las Indias." Ley xxxxiij, rubric "Que los Oficiales Reales visiten las rancherías, y por el tiempo de la ausencia puedan dexar Tenientes", margin "El mismo allí, Ordenanza 12", whose text reads "CADA mes por lo ménos esté uno de nuestros Oficiales obligado á visitar la ranchería de su distrito, y hacer diligencias para saber, y averiguar los que no hubieren quintado, y proceda con mucho rigor contra los delinqüentes, y pueda despachar, y enviar requisitorias para traer los presos á su costa, estando fuera de la jurisdiccion, y al que tocare ir, cada vez que no lo cumpliere, condenamos en pena de cincuenta pesos, aplicados á nuestra Cámara, y le concedemos facultad para que en ausencia pueda dexar en su lugar Teniente de satisfaccion." Ley xxxxiiij, rubric "Que si la ranchería estuviere entre dos, ó mas jurisdicciones, se correspondan los Oficiales Reales, para averiguar los que no quintan", margin "El mismo Ordenanza 11", whose text reads "SI en Cumaná, y la Margarita, ó en otras dos, ó mas Gobernaciones, hubiere á un tiempo rancherías, nuestros Oficiales tengan por memoria á todos los dueños de Canoas, y Piraguas, vecinos, y forasteros, y cada dos meses envien los de una Gobernación á los de la otra, estando entre dos términos la ranchería, razon de lo que se hubiere quintado, con dia, y mes, para que conste de los que faltan, y no se excusen en una parte, diciendo, que quintáron en la otra, porque deben quintar en una de las dos, ó mas: y esta órden guarden nuestros Oficiales, pena de quatrocientos pesos de plata para nuestra Cámara, en la qual incurran cada vez, que no lo cumplieren." Ley xxxxv, rubric "Que no se puedan sacar perlas del distrito donde se pescaren, sin registro de los Oficiales de él", margin "D. Felipe II Ordenanza 13", whose text reads "NO se puedan sacar perlas fuera de la ranchería sin registro ante los Oficiales Reales, y las que no estuvieren registradas en qualquiera parte que sean aprehendidas, incurran en pena de comiso, y se tomen por perdidas, y apliquen á nuestra Cámara, Juez, y Denunciador, y la forma de registro sea como está ordenado, que quinten los dueños de Canoas." Ley xxxxvj, rubric "Que el quinto de las esmeraldas, y piedras preciosas se regule como el de las perlas", margin "El mismo Ordenanza 25. de 1579", whose text reads "MAndamos á nuestros Oficiales, que cobren el quinto de las esmeraldas, y otras piedras preciosas, conforme á lo dispuesto en las perlas, y diferencia de sus géneros, haciéndose cargo en los libros." · primary

  9. The block ends by extending the whole pearl regime to another commodity in one sentence. Ley xxxxvj, ordinance 25 of 1579, orders the officials to collect the fifth of emeralds "y otras piedras preciosas, conforme á lo dispuesto en las perlas, y diferencia de sus géneros, haciéndose cargo en los libros". The New Granadan emerald, a product of a different viceroyalty and a different extraction regime, is taxed by reference to a Caribbean fishery — an economy of drafting that leaves the grading of emeralds entirely to the pearl rules and to the officials applying them.

    confidence 0.85Recopilación de leyes de los reynos de las Indias, libro VIII título X "DE LOS QUINTOS REALES" — leyes xxxxij to xxxxvj alone, from the heading "Ley xxxxij. Que ningun dueño de Canoa, ni otra persona saque perlas de la ranchería sin quintarlas." in the right-hand column of the printed folio 490 to the end of ley xxxxvj in the right-hand column of folio 491, where the heading of ley xxxxvij stands below it. Ley xxxxij, margin "El mismo Ordenanza 10. de 1591", whose text reads "NIngun dueño de Canoa, ni otra qualquier persona pueda sacar perlas de la ranchería, sin haberlas quintado en Cumaná, ó la Margarita, ó las demas partes donde hubiere pesquería, pena de perdidas las perlas, que aplicamos por tercias partes, Cámara, Juez, y Denunciador, y mas seis años de destierro preciso de las Indias." Ley xxxxiij, rubric "Que los Oficiales Reales visiten las rancherías, y por el tiempo de la ausencia puedan dexar Tenientes", margin "El mismo allí, Ordenanza 12", whose text reads "CADA mes por lo ménos esté uno de nuestros Oficiales obligado á visitar la ranchería de su distrito, y hacer diligencias para saber, y averiguar los que no hubieren quintado, y proceda con mucho rigor contra los delinqüentes, y pueda despachar, y enviar requisitorias para traer los presos á su costa, estando fuera de la jurisdiccion, y al que tocare ir, cada vez que no lo cumpliere, condenamos en pena de cincuenta pesos, aplicados á nuestra Cámara, y le concedemos facultad para que en ausencia pueda dexar en su lugar Teniente de satisfaccion." Ley xxxxiiij, rubric "Que si la ranchería estuviere entre dos, ó mas jurisdicciones, se correspondan los Oficiales Reales, para averiguar los que no quintan", margin "El mismo Ordenanza 11", whose text reads "SI en Cumaná, y la Margarita, ó en otras dos, ó mas Gobernaciones, hubiere á un tiempo rancherías, nuestros Oficiales tengan por memoria á todos los dueños de Canoas, y Piraguas, vecinos, y forasteros, y cada dos meses envien los de una Gobernación á los de la otra, estando entre dos términos la ranchería, razon de lo que se hubiere quintado, con dia, y mes, para que conste de los que faltan, y no se excusen en una parte, diciendo, que quintáron en la otra, porque deben quintar en una de las dos, ó mas: y esta órden guarden nuestros Oficiales, pena de quatrocientos pesos de plata para nuestra Cámara, en la qual incurran cada vez, que no lo cumplieren." Ley xxxxv, rubric "Que no se puedan sacar perlas del distrito donde se pescaren, sin registro de los Oficiales de él", margin "D. Felipe II Ordenanza 13", whose text reads "NO se puedan sacar perlas fuera de la ranchería sin registro ante los Oficiales Reales, y las que no estuvieren registradas en qualquiera parte que sean aprehendidas, incurran en pena de comiso, y se tomen por perdidas, y apliquen á nuestra Cámara, Juez, y Denunciador, y la forma de registro sea como está ordenado, que quinten los dueños de Canoas." Ley xxxxvj, rubric "Que el quinto de las esmeraldas, y piedras preciosas se regule como el de las perlas", margin "El mismo Ordenanza 25. de 1579", whose text reads "MAndamos á nuestros Oficiales, que cobren el quinto de las esmeraldas, y otras piedras preciosas, conforme á lo dispuesto en las perlas, y diferencia de sus géneros, haciéndose cargo en los libros." · primary

  10. Read as a group, the five laws are a description of what the crown could not do. A levy that needs a monthly inspection, a bilateral ledger between two governorships, forfeiture valid anywhere in the monarchy, an informer's third and banishment from the Indies reads as a levy that was being evaded — an inference from the apparatus rather than a statement any of the five laws makes — and the compilers printed the whole apparatus as standing law, reprinted here in the 1791 impression. The cost side belongs on the record next to the design: the person inspected is the canoe owner, the person banished is the canoe owner, and the enslaved divers whose labour produced every pearl these laws follow across two governorships are named in none of the five.

    confidence 0.85Recopilación de leyes de los reynos de las Indias, libro VIII título X "DE LOS QUINTOS REALES" — leyes xxxxij to xxxxvj alone, from the heading "Ley xxxxij. Que ningun dueño de Canoa, ni otra persona saque perlas de la ranchería sin quintarlas." in the right-hand column of the printed folio 490 to the end of ley xxxxvj in the right-hand column of folio 491, where the heading of ley xxxxvij stands below it. Ley xxxxij, margin "El mismo Ordenanza 10. de 1591", whose text reads "NIngun dueño de Canoa, ni otra qualquier persona pueda sacar perlas de la ranchería, sin haberlas quintado en Cumaná, ó la Margarita, ó las demas partes donde hubiere pesquería, pena de perdidas las perlas, que aplicamos por tercias partes, Cámara, Juez, y Denunciador, y mas seis años de destierro preciso de las Indias." Ley xxxxiij, rubric "Que los Oficiales Reales visiten las rancherías, y por el tiempo de la ausencia puedan dexar Tenientes", margin "El mismo allí, Ordenanza 12", whose text reads "CADA mes por lo ménos esté uno de nuestros Oficiales obligado á visitar la ranchería de su distrito, y hacer diligencias para saber, y averiguar los que no hubieren quintado, y proceda con mucho rigor contra los delinqüentes, y pueda despachar, y enviar requisitorias para traer los presos á su costa, estando fuera de la jurisdiccion, y al que tocare ir, cada vez que no lo cumpliere, condenamos en pena de cincuenta pesos, aplicados á nuestra Cámara, y le concedemos facultad para que en ausencia pueda dexar en su lugar Teniente de satisfaccion." Ley xxxxiiij, rubric "Que si la ranchería estuviere entre dos, ó mas jurisdicciones, se correspondan los Oficiales Reales, para averiguar los que no quintan", margin "El mismo Ordenanza 11", whose text reads "SI en Cumaná, y la Margarita, ó en otras dos, ó mas Gobernaciones, hubiere á un tiempo rancherías, nuestros Oficiales tengan por memoria á todos los dueños de Canoas, y Piraguas, vecinos, y forasteros, y cada dos meses envien los de una Gobernación á los de la otra, estando entre dos términos la ranchería, razon de lo que se hubiere quintado, con dia, y mes, para que conste de los que faltan, y no se excusen en una parte, diciendo, que quintáron en la otra, porque deben quintar en una de las dos, ó mas: y esta órden guarden nuestros Oficiales, pena de quatrocientos pesos de plata para nuestra Cámara, en la qual incurran cada vez, que no lo cumplieren." Ley xxxxv, rubric "Que no se puedan sacar perlas del distrito donde se pescaren, sin registro de los Oficiales de él", margin "D. Felipe II Ordenanza 13", whose text reads "NO se puedan sacar perlas fuera de la ranchería sin registro ante los Oficiales Reales, y las que no estuvieren registradas en qualquiera parte que sean aprehendidas, incurran en pena de comiso, y se tomen por perdidas, y apliquen á nuestra Cámara, Juez, y Denunciador, y la forma de registro sea como está ordenado, que quinten los dueños de Canoas." Ley xxxxvj, rubric "Que el quinto de las esmeraldas, y piedras preciosas se regule como el de las perlas", margin "El mismo Ordenanza 25. de 1579", whose text reads "MAndamos á nuestros Oficiales, que cobren el quinto de las esmeraldas, y otras piedras preciosas, conforme á lo dispuesto en las perlas, y diferencia de sus géneros, haciéndose cargo en los libros." · primary

  11. What this entry does not establish. It reads five laws of one título in one impression and says nothing about enforcement: whether the monthly visita was ever made, how many lists crossed between Cumaná and Margarita, whether any official paid the four hundred pesos, or what share of American emeralds paid the fifth. The entry this corpus holds on the fishery's own título, libro IIII título XXV, lays out the ranchería and its labour and quotes none of the registration, visita or cross- jurisdiction correspondence ordered here, and these five laws appear nowhere else in this corpus. Nothing was collated against the 1681 first impression, which this corpus also holds.

    confidence 0.9Recopilación de leyes de los reynos de las Indias, libro VIII título X "DE LOS QUINTOS REALES" — leyes xxxxij to xxxxvj alone, from the heading "Ley xxxxij. Que ningun dueño de Canoa, ni otra persona saque perlas de la ranchería sin quintarlas." in the right-hand column of the printed folio 490 to the end of ley xxxxvj in the right-hand column of folio 491, where the heading of ley xxxxvij stands below it. Ley xxxxij, margin "El mismo Ordenanza 10. de 1591", whose text reads "NIngun dueño de Canoa, ni otra qualquier persona pueda sacar perlas de la ranchería, sin haberlas quintado en Cumaná, ó la Margarita, ó las demas partes donde hubiere pesquería, pena de perdidas las perlas, que aplicamos por tercias partes, Cámara, Juez, y Denunciador, y mas seis años de destierro preciso de las Indias." Ley xxxxiij, rubric "Que los Oficiales Reales visiten las rancherías, y por el tiempo de la ausencia puedan dexar Tenientes", margin "El mismo allí, Ordenanza 12", whose text reads "CADA mes por lo ménos esté uno de nuestros Oficiales obligado á visitar la ranchería de su distrito, y hacer diligencias para saber, y averiguar los que no hubieren quintado, y proceda con mucho rigor contra los delinqüentes, y pueda despachar, y enviar requisitorias para traer los presos á su costa, estando fuera de la jurisdiccion, y al que tocare ir, cada vez que no lo cumpliere, condenamos en pena de cincuenta pesos, aplicados á nuestra Cámara, y le concedemos facultad para que en ausencia pueda dexar en su lugar Teniente de satisfaccion." Ley xxxxiiij, rubric "Que si la ranchería estuviere entre dos, ó mas jurisdicciones, se correspondan los Oficiales Reales, para averiguar los que no quintan", margin "El mismo Ordenanza 11", whose text reads "SI en Cumaná, y la Margarita, ó en otras dos, ó mas Gobernaciones, hubiere á un tiempo rancherías, nuestros Oficiales tengan por memoria á todos los dueños de Canoas, y Piraguas, vecinos, y forasteros, y cada dos meses envien los de una Gobernación á los de la otra, estando entre dos términos la ranchería, razon de lo que se hubiere quintado, con dia, y mes, para que conste de los que faltan, y no se excusen en una parte, diciendo, que quintáron en la otra, porque deben quintar en una de las dos, ó mas: y esta órden guarden nuestros Oficiales, pena de quatrocientos pesos de plata para nuestra Cámara, en la qual incurran cada vez, que no lo cumplieren." Ley xxxxv, rubric "Que no se puedan sacar perlas del distrito donde se pescaren, sin registro de los Oficiales de él", margin "D. Felipe II Ordenanza 13", whose text reads "NO se puedan sacar perlas fuera de la ranchería sin registro ante los Oficiales Reales, y las que no estuvieren registradas en qualquiera parte que sean aprehendidas, incurran en pena de comiso, y se tomen por perdidas, y apliquen á nuestra Cámara, Juez, y Denunciador, y la forma de registro sea como está ordenado, que quinten los dueños de Canoas." Ley xxxxvj, rubric "Que el quinto de las esmeraldas, y piedras preciosas se regule como el de las perlas", margin "El mismo Ordenanza 25. de 1579", whose text reads "MAndamos á nuestros Oficiales, que cobren el quinto de las esmeraldas, y otras piedras preciosas, conforme á lo dispuesto en las perlas, y diferencia de sus géneros, haciéndose cargo en los libros." · primary