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Four provinces, four routes: the laws that told Nueva Granada, Venezuela, Loja and Honduras where to send their money, and timed each one to catch the fleet that came for the silver of Peru

Leyes v to viij of libro VIII, título XXX of the Recopilación route four peripheral treasuries onto the Atlantic convoy system by name. Nueva Granada must reach Cartagena by the end of June; Venezuela ships sixty leagues to the Río de la Hacha in trading vessels stiffened with arquebusiers, or overland if the Indians are at peace; Loja goes out through Guayaquil or Paita to Panamá under the corregidor's eye; Honduras hands over in January. Folio 610.

Why this wins its question: The Carrera de Indias is usually described from its two ends — the fleets that left Seville and the silver of Potosí and Zacatecas that filled them — and the feeder traffic that brought the smaller treasuries onto the convoy is left as logistics. These four laws are that feeder system written down, and they are quoted nowhere this corpus has been able to check. They show the crown doing something more specific than ordering silver home: fixing a calendar date for one kingdom because a fleet coming for another kingdom's metal would not wait, putting the royal treasure of Venezuela aboard a private coaster and telling the governor to arm it himself, making a land route conditional on the Indians of the provinces being at peace, and setting a corregidor beside the treasury officers of a small Andean town as a witness to what left it. This entry prints all four with their dates and destinations, states that none of them gives any inhabitant of those provinces anything, and says exactly what it could not check.

Claims

Every assertion below is bound to registered sources and carries its own confidence. Weight them; do not treat the page as uniformly authoritative.

  1. After four general laws on the annual remittance, libro VIII título XXX of the Recopilación turns to particular provinces. In the Madrid impression of 1791, leyes v to viij stand together on folio 610 — ley v and ley vj in the left-hand column, leyes vij and viij in the right — and each names one treasury, one destination and one deadline. This entry reads those four laws and nothing else; the general laws that precede them and the twelve that follow are carried separately by this corpus. The margins run 1593, 1607, 1617 and 1634.

    confidence 0.9Recopilación de leyes de los reynos de las Indias, libro VIII título XXX 'DEL ENVÍO DE LA REAL HACIENDA' — leyes v to viij alone, from the heading of ley v in the lower half of the left-hand column of the printed folio 610 to the end of ley viij in the right-hand column of the same leaf: ley v 'Que los Oficiales de hacienda Real del Nuevo Reyno la remitan cada año, con puntualidad á los de Cartagena' (margin 'D. Felipe IIII en Madrid á 2 de Septiembre de 1634'), whose whole text reads 'MAndamos á los Oficiales de nuestra Real hacienda del Nuevo Reyno de Granada, que pongan todo cuidado en enviar cada año á los de Cartagena todo lo que recogieren de nuestra hacienda Real, ajustando el tiempo, de forma que para fin de Junio de cada un año se haya recibido en Cartagena, y pueda venir en la primera Armada, que fuere por la plata del Perú'; ley vj 'Que la hacienda Real de Venezuela se trayga á la Caxa del Rio de la Hacha' (margin 'D. Felipe III en S. Lorenzo á 18 de Octubre de 1607'), whose whole text reads 'EL Gobernador, y Oficiales Reales de la Provincia de Venezuela envien á los del Rio de la Hacha la plata nuestra, que hubiere en aquella Caxa, en algunos de los Navíos, que andan al trato, si tuvieren bastante defensa, reforzándolos con Arcabuceros, y Mosqueteros, pues la navegacion es tan corta, que no pasa de sesenta leguas; y si los Indios de las Provincias estuvieren en paz, y el camino seguro, y pareciere mejor al Gobernador, envíela por tierra, para que tocando allí el Navío, que ordinariamente va á la Isla Margarita, al tiempo que pasa á Cartagena, la reciba con la demas hacienda nuestra, que hubiere en la dicha Caxa'; ley vij 'Que la Real hacienda de Loja se remita por Guayaquil, ó Payta á Panamá' (margin 'D. Felipe II allí á 17 de Octubre de 1593'), whose whole text reads 'LOS Oficiales Reales de Loja, con intervencion del Corregidor, tengan particular cuidado de enviar en cada un año todo el oro, y plata que hubiere en aquella Caxa, con la cuenta, y razon de lo que monta, y causa de que procede, por menor, á uno de los Puertos de Guayaquil, ó Payta, para que de allí en la primera ocasion de Navío, que partiere á la Ciudad de Panamá, se registre en nuestro nombre, consignado á los Oficiales de nuestra Real hacienda de ella'; and ley viij 'Que los Oficiales Reales de Honduras entreguen el dinero al principio del año, y dén las cuentas quando se ordena' (margin 'D. Felipe III en Madrid á 9 de Diciembre de 1617'), whose whole text reads 'EL dinero, y hacienda nuestra, que hubiere en la Caxa Real de la Provincia de Honduras, entreguen nuestros Oficiales al principio de cada un año, para que se trayga á estos Reynos. Y mandamos á los que hubieren de tomar cuentas á los susodichos, que á fin de quatro meses del año siguiente, las hayan fenecido' · primary

  2. Ley v (Philip IV at Madrid, 2 September 1634) subordinates the fiscal year of an entire viceroyalty-to-be to the sailing calendar of a fleet that is not coming for its money. It orders the treasury officers of the Nuevo Reyno de Granada to send to those of Cartagena everything they collect, "ajustando el tiempo, de forma que para fin de Junio de cada un año se haya recibido en Cartagena, y pueda venir en la primera Armada, que fuere por la plata del Perú". The end of June is a hard date, and the reason printed for it is that the consignment must catch the first fleet sailing for Peruvian silver.

    confidence 0.9Recopilación de leyes de los reynos de las Indias, libro VIII título XXX 'DEL ENVÍO DE LA REAL HACIENDA' — leyes v to viij alone, from the heading of ley v in the lower half of the left-hand column of the printed folio 610 to the end of ley viij in the right-hand column of the same leaf: ley v 'Que los Oficiales de hacienda Real del Nuevo Reyno la remitan cada año, con puntualidad á los de Cartagena' (margin 'D. Felipe IIII en Madrid á 2 de Septiembre de 1634'), whose whole text reads 'MAndamos á los Oficiales de nuestra Real hacienda del Nuevo Reyno de Granada, que pongan todo cuidado en enviar cada año á los de Cartagena todo lo que recogieren de nuestra hacienda Real, ajustando el tiempo, de forma que para fin de Junio de cada un año se haya recibido en Cartagena, y pueda venir en la primera Armada, que fuere por la plata del Perú'; ley vj 'Que la hacienda Real de Venezuela se trayga á la Caxa del Rio de la Hacha' (margin 'D. Felipe III en S. Lorenzo á 18 de Octubre de 1607'), whose whole text reads 'EL Gobernador, y Oficiales Reales de la Provincia de Venezuela envien á los del Rio de la Hacha la plata nuestra, que hubiere en aquella Caxa, en algunos de los Navíos, que andan al trato, si tuvieren bastante defensa, reforzándolos con Arcabuceros, y Mosqueteros, pues la navegacion es tan corta, que no pasa de sesenta leguas; y si los Indios de las Provincias estuvieren en paz, y el camino seguro, y pareciere mejor al Gobernador, envíela por tierra, para que tocando allí el Navío, que ordinariamente va á la Isla Margarita, al tiempo que pasa á Cartagena, la reciba con la demas hacienda nuestra, que hubiere en la dicha Caxa'; ley vij 'Que la Real hacienda de Loja se remita por Guayaquil, ó Payta á Panamá' (margin 'D. Felipe II allí á 17 de Octubre de 1593'), whose whole text reads 'LOS Oficiales Reales de Loja, con intervencion del Corregidor, tengan particular cuidado de enviar en cada un año todo el oro, y plata que hubiere en aquella Caxa, con la cuenta, y razon de lo que monta, y causa de que procede, por menor, á uno de los Puertos de Guayaquil, ó Payta, para que de allí en la primera ocasion de Navío, que partiere á la Ciudad de Panamá, se registre en nuestro nombre, consignado á los Oficiales de nuestra Real hacienda de ella'; and ley viij 'Que los Oficiales Reales de Honduras entreguen el dinero al principio del año, y dén las cuentas quando se ordena' (margin 'D. Felipe III en Madrid á 9 de Diciembre de 1617'), whose whole text reads 'EL dinero, y hacienda nuestra, que hubiere en la Caxa Real de la Provincia de Honduras, entreguen nuestros Oficiales al principio de cada un año, para que se trayga á estos Reynos. Y mandamos á los que hubieren de tomar cuentas á los susodichos, que á fin de quatro meses del año siguiente, las hayan fenecido' · primary

  3. Ley vj (Philip III at San Lorenzo, 18 October 1607) is the most circumstantial of the four and reads like a risk assessment. The governor and royal officials of Venezuela are to send their silver to the officials of the Río de la Hacha "en algunos de los Navíos, que andan al trato, si tuvieren bastante defensa, reforzándolos con Arcabuceros, y Mosqueteros, pues la navegacion es tan corta, que no pasa de sesenta leguas". The crown does not provide a warship: it puts the king's money on a merchantman already in the coastal trade and tells the governor to put soldiers aboard it, and the justification offered is the shortness of the run.

    confidence 0.9Recopilación de leyes de los reynos de las Indias, libro VIII título XXX 'DEL ENVÍO DE LA REAL HACIENDA' — leyes v to viij alone, from the heading of ley v in the lower half of the left-hand column of the printed folio 610 to the end of ley viij in the right-hand column of the same leaf: ley v 'Que los Oficiales de hacienda Real del Nuevo Reyno la remitan cada año, con puntualidad á los de Cartagena' (margin 'D. Felipe IIII en Madrid á 2 de Septiembre de 1634'), whose whole text reads 'MAndamos á los Oficiales de nuestra Real hacienda del Nuevo Reyno de Granada, que pongan todo cuidado en enviar cada año á los de Cartagena todo lo que recogieren de nuestra hacienda Real, ajustando el tiempo, de forma que para fin de Junio de cada un año se haya recibido en Cartagena, y pueda venir en la primera Armada, que fuere por la plata del Perú'; ley vj 'Que la hacienda Real de Venezuela se trayga á la Caxa del Rio de la Hacha' (margin 'D. Felipe III en S. Lorenzo á 18 de Octubre de 1607'), whose whole text reads 'EL Gobernador, y Oficiales Reales de la Provincia de Venezuela envien á los del Rio de la Hacha la plata nuestra, que hubiere en aquella Caxa, en algunos de los Navíos, que andan al trato, si tuvieren bastante defensa, reforzándolos con Arcabuceros, y Mosqueteros, pues la navegacion es tan corta, que no pasa de sesenta leguas; y si los Indios de las Provincias estuvieren en paz, y el camino seguro, y pareciere mejor al Gobernador, envíela por tierra, para que tocando allí el Navío, que ordinariamente va á la Isla Margarita, al tiempo que pasa á Cartagena, la reciba con la demas hacienda nuestra, que hubiere en la dicha Caxa'; ley vij 'Que la Real hacienda de Loja se remita por Guayaquil, ó Payta á Panamá' (margin 'D. Felipe II allí á 17 de Octubre de 1593'), whose whole text reads 'LOS Oficiales Reales de Loja, con intervencion del Corregidor, tengan particular cuidado de enviar en cada un año todo el oro, y plata que hubiere en aquella Caxa, con la cuenta, y razon de lo que monta, y causa de que procede, por menor, á uno de los Puertos de Guayaquil, ó Payta, para que de allí en la primera ocasion de Navío, que partiere á la Ciudad de Panamá, se registre en nuestro nombre, consignado á los Oficiales de nuestra Real hacienda de ella'; and ley viij 'Que los Oficiales Reales de Honduras entreguen el dinero al principio del año, y dén las cuentas quando se ordena' (margin 'D. Felipe III en Madrid á 9 de Diciembre de 1617'), whose whole text reads 'EL dinero, y hacienda nuestra, que hubiere en la Caxa Real de la Provincia de Honduras, entreguen nuestros Oficiales al principio de cada un año, para que se trayga á estos Reynos. Y mandamos á los que hubieren de tomar cuentas á los susodichos, que á fin de quatro meses del año siguiente, las hayan fenecido' · primary

  4. The same law gives the governor a genuine discretion and makes it turn on a condition outside his control. If the sea route looks worse, "si los Indios de las Provincias estuvieren en paz, y el camino seguro, y pareciere mejor al Gobernador, envíela por tierra", so that the ship that ordinarily serves the Isla Margarita can pick the silver up as it passes on its way to Cartagena. Peace with the Indians of the provinces is written into a treasury statute as the standing condition on which an overland route exists at all, and the choice between the two routes is expressly the governor's.

    confidence 0.9Recopilación de leyes de los reynos de las Indias, libro VIII título XXX 'DEL ENVÍO DE LA REAL HACIENDA' — leyes v to viij alone, from the heading of ley v in the lower half of the left-hand column of the printed folio 610 to the end of ley viij in the right-hand column of the same leaf: ley v 'Que los Oficiales de hacienda Real del Nuevo Reyno la remitan cada año, con puntualidad á los de Cartagena' (margin 'D. Felipe IIII en Madrid á 2 de Septiembre de 1634'), whose whole text reads 'MAndamos á los Oficiales de nuestra Real hacienda del Nuevo Reyno de Granada, que pongan todo cuidado en enviar cada año á los de Cartagena todo lo que recogieren de nuestra hacienda Real, ajustando el tiempo, de forma que para fin de Junio de cada un año se haya recibido en Cartagena, y pueda venir en la primera Armada, que fuere por la plata del Perú'; ley vj 'Que la hacienda Real de Venezuela se trayga á la Caxa del Rio de la Hacha' (margin 'D. Felipe III en S. Lorenzo á 18 de Octubre de 1607'), whose whole text reads 'EL Gobernador, y Oficiales Reales de la Provincia de Venezuela envien á los del Rio de la Hacha la plata nuestra, que hubiere en aquella Caxa, en algunos de los Navíos, que andan al trato, si tuvieren bastante defensa, reforzándolos con Arcabuceros, y Mosqueteros, pues la navegacion es tan corta, que no pasa de sesenta leguas; y si los Indios de las Provincias estuvieren en paz, y el camino seguro, y pareciere mejor al Gobernador, envíela por tierra, para que tocando allí el Navío, que ordinariamente va á la Isla Margarita, al tiempo que pasa á Cartagena, la reciba con la demas hacienda nuestra, que hubiere en la dicha Caxa'; ley vij 'Que la Real hacienda de Loja se remita por Guayaquil, ó Payta á Panamá' (margin 'D. Felipe II allí á 17 de Octubre de 1593'), whose whole text reads 'LOS Oficiales Reales de Loja, con intervencion del Corregidor, tengan particular cuidado de enviar en cada un año todo el oro, y plata que hubiere en aquella Caxa, con la cuenta, y razon de lo que monta, y causa de que procede, por menor, á uno de los Puertos de Guayaquil, ó Payta, para que de allí en la primera ocasion de Navío, que partiere á la Ciudad de Panamá, se registre en nuestro nombre, consignado á los Oficiales de nuestra Real hacienda de ella'; and ley viij 'Que los Oficiales Reales de Honduras entreguen el dinero al principio del año, y dén las cuentas quando se ordena' (margin 'D. Felipe III en Madrid á 9 de Diciembre de 1617'), whose whole text reads 'EL dinero, y hacienda nuestra, que hubiere en la Caxa Real de la Provincia de Honduras, entreguen nuestros Oficiales al principio de cada un año, para que se trayga á estos Reynos. Y mandamos á los que hubieren de tomar cuentas á los susodichos, que á fin de quatro meses del año siguiente, las hayan fenecido' · primary

  5. Ley vij (Philip II, 17 October 1593) routes one small Andean chest out to the Pacific and adds a second officer to witness it. The royal officials of Loja are to send, each year, all the gold and silver in that chest "con intervencion del Corregidor" and "con la cuenta, y razon de lo que monta, y causa de que procede, por menor", to Guayaquil or Paita, and from there by the first ship leaving for Panamá, "se registre en nuestro nombre, consignado á los Oficiales de nuestra Real hacienda de ella". The corregidor is brought in as a check on the treasury officers, the account is itemised, and the consignment is registered in the king's name to named receivers at the far end.

    confidence 0.9Recopilación de leyes de los reynos de las Indias, libro VIII título XXX 'DEL ENVÍO DE LA REAL HACIENDA' — leyes v to viij alone, from the heading of ley v in the lower half of the left-hand column of the printed folio 610 to the end of ley viij in the right-hand column of the same leaf: ley v 'Que los Oficiales de hacienda Real del Nuevo Reyno la remitan cada año, con puntualidad á los de Cartagena' (margin 'D. Felipe IIII en Madrid á 2 de Septiembre de 1634'), whose whole text reads 'MAndamos á los Oficiales de nuestra Real hacienda del Nuevo Reyno de Granada, que pongan todo cuidado en enviar cada año á los de Cartagena todo lo que recogieren de nuestra hacienda Real, ajustando el tiempo, de forma que para fin de Junio de cada un año se haya recibido en Cartagena, y pueda venir en la primera Armada, que fuere por la plata del Perú'; ley vj 'Que la hacienda Real de Venezuela se trayga á la Caxa del Rio de la Hacha' (margin 'D. Felipe III en S. Lorenzo á 18 de Octubre de 1607'), whose whole text reads 'EL Gobernador, y Oficiales Reales de la Provincia de Venezuela envien á los del Rio de la Hacha la plata nuestra, que hubiere en aquella Caxa, en algunos de los Navíos, que andan al trato, si tuvieren bastante defensa, reforzándolos con Arcabuceros, y Mosqueteros, pues la navegacion es tan corta, que no pasa de sesenta leguas; y si los Indios de las Provincias estuvieren en paz, y el camino seguro, y pareciere mejor al Gobernador, envíela por tierra, para que tocando allí el Navío, que ordinariamente va á la Isla Margarita, al tiempo que pasa á Cartagena, la reciba con la demas hacienda nuestra, que hubiere en la dicha Caxa'; ley vij 'Que la Real hacienda de Loja se remita por Guayaquil, ó Payta á Panamá' (margin 'D. Felipe II allí á 17 de Octubre de 1593'), whose whole text reads 'LOS Oficiales Reales de Loja, con intervencion del Corregidor, tengan particular cuidado de enviar en cada un año todo el oro, y plata que hubiere en aquella Caxa, con la cuenta, y razon de lo que monta, y causa de que procede, por menor, á uno de los Puertos de Guayaquil, ó Payta, para que de allí en la primera ocasion de Navío, que partiere á la Ciudad de Panamá, se registre en nuestro nombre, consignado á los Oficiales de nuestra Real hacienda de ella'; and ley viij 'Que los Oficiales Reales de Honduras entreguen el dinero al principio del año, y dén las cuentas quando se ordena' (margin 'D. Felipe III en Madrid á 9 de Diciembre de 1617'), whose whole text reads 'EL dinero, y hacienda nuestra, que hubiere en la Caxa Real de la Provincia de Honduras, entreguen nuestros Oficiales al principio de cada un año, para que se trayga á estos Reynos. Y mandamos á los que hubieren de tomar cuentas á los susodichos, que á fin de quatro meses del año siguiente, las hayan fenecido' · primary

  6. Ley viij (Philip III at Madrid, 9 December 1617) is the shortest of the four and pairs a delivery date with an audit deadline. The money in the royal chest of Honduras is to be handed over by the officials "al principio de cada un año, para que se trayga á estos Reynos", and those who are to take the officials' accounts are commanded "que á fin de quatro meses del año siguiente, las hayan fenecido". The province pays in January; the auditors have until the end of April of the year after to close the books.

    confidence 0.9Recopilación de leyes de los reynos de las Indias, libro VIII título XXX 'DEL ENVÍO DE LA REAL HACIENDA' — leyes v to viij alone, from the heading of ley v in the lower half of the left-hand column of the printed folio 610 to the end of ley viij in the right-hand column of the same leaf: ley v 'Que los Oficiales de hacienda Real del Nuevo Reyno la remitan cada año, con puntualidad á los de Cartagena' (margin 'D. Felipe IIII en Madrid á 2 de Septiembre de 1634'), whose whole text reads 'MAndamos á los Oficiales de nuestra Real hacienda del Nuevo Reyno de Granada, que pongan todo cuidado en enviar cada año á los de Cartagena todo lo que recogieren de nuestra hacienda Real, ajustando el tiempo, de forma que para fin de Junio de cada un año se haya recibido en Cartagena, y pueda venir en la primera Armada, que fuere por la plata del Perú'; ley vj 'Que la hacienda Real de Venezuela se trayga á la Caxa del Rio de la Hacha' (margin 'D. Felipe III en S. Lorenzo á 18 de Octubre de 1607'), whose whole text reads 'EL Gobernador, y Oficiales Reales de la Provincia de Venezuela envien á los del Rio de la Hacha la plata nuestra, que hubiere en aquella Caxa, en algunos de los Navíos, que andan al trato, si tuvieren bastante defensa, reforzándolos con Arcabuceros, y Mosqueteros, pues la navegacion es tan corta, que no pasa de sesenta leguas; y si los Indios de las Provincias estuvieren en paz, y el camino seguro, y pareciere mejor al Gobernador, envíela por tierra, para que tocando allí el Navío, que ordinariamente va á la Isla Margarita, al tiempo que pasa á Cartagena, la reciba con la demas hacienda nuestra, que hubiere en la dicha Caxa'; ley vij 'Que la Real hacienda de Loja se remita por Guayaquil, ó Payta á Panamá' (margin 'D. Felipe II allí á 17 de Octubre de 1593'), whose whole text reads 'LOS Oficiales Reales de Loja, con intervencion del Corregidor, tengan particular cuidado de enviar en cada un año todo el oro, y plata que hubiere en aquella Caxa, con la cuenta, y razon de lo que monta, y causa de que procede, por menor, á uno de los Puertos de Guayaquil, ó Payta, para que de allí en la primera ocasion de Navío, que partiere á la Ciudad de Panamá, se registre en nuestro nombre, consignado á los Oficiales de nuestra Real hacienda de ella'; and ley viij 'Que los Oficiales Reales de Honduras entreguen el dinero al principio del año, y dén las cuentas quando se ordena' (margin 'D. Felipe III en Madrid á 9 de Diciembre de 1617'), whose whole text reads 'EL dinero, y hacienda nuestra, que hubiere en la Caxa Real de la Provincia de Honduras, entreguen nuestros Oficiales al principio de cada un año, para que se trayga á estos Reynos. Y mandamos á los que hubieren de tomar cuentas á los susodichos, que á fin de quatro meses del año siguiente, las hayan fenecido' · primary

  7. Taken together the four laws show a system assembled province by province rather than designed, and the código prints it that way. Nueva Granada feeds Cartagena, Venezuela feeds the Río de la Hacha and through it Cartagena, Loja feeds Panamá across the Pacific, and Honduras ships direct. Not one of the four provinces sends to Spain on its own account: each is a tributary of a larger stream, and the timing of all of them is set by the fleets. The dates are forty-one years apart and each law answers a local geography, which is why the título needs four of them to say what ley j says in one sentence.

    confidence 0.85Recopilación de leyes de los reynos de las Indias, libro VIII título XXX 'DEL ENVÍO DE LA REAL HACIENDA' — leyes v to viij alone, from the heading of ley v in the lower half of the left-hand column of the printed folio 610 to the end of ley viij in the right-hand column of the same leaf: ley v 'Que los Oficiales de hacienda Real del Nuevo Reyno la remitan cada año, con puntualidad á los de Cartagena' (margin 'D. Felipe IIII en Madrid á 2 de Septiembre de 1634'), whose whole text reads 'MAndamos á los Oficiales de nuestra Real hacienda del Nuevo Reyno de Granada, que pongan todo cuidado en enviar cada año á los de Cartagena todo lo que recogieren de nuestra hacienda Real, ajustando el tiempo, de forma que para fin de Junio de cada un año se haya recibido en Cartagena, y pueda venir en la primera Armada, que fuere por la plata del Perú'; ley vj 'Que la hacienda Real de Venezuela se trayga á la Caxa del Rio de la Hacha' (margin 'D. Felipe III en S. Lorenzo á 18 de Octubre de 1607'), whose whole text reads 'EL Gobernador, y Oficiales Reales de la Provincia de Venezuela envien á los del Rio de la Hacha la plata nuestra, que hubiere en aquella Caxa, en algunos de los Navíos, que andan al trato, si tuvieren bastante defensa, reforzándolos con Arcabuceros, y Mosqueteros, pues la navegacion es tan corta, que no pasa de sesenta leguas; y si los Indios de las Provincias estuvieren en paz, y el camino seguro, y pareciere mejor al Gobernador, envíela por tierra, para que tocando allí el Navío, que ordinariamente va á la Isla Margarita, al tiempo que pasa á Cartagena, la reciba con la demas hacienda nuestra, que hubiere en la dicha Caxa'; ley vij 'Que la Real hacienda de Loja se remita por Guayaquil, ó Payta á Panamá' (margin 'D. Felipe II allí á 17 de Octubre de 1593'), whose whole text reads 'LOS Oficiales Reales de Loja, con intervencion del Corregidor, tengan particular cuidado de enviar en cada un año todo el oro, y plata que hubiere en aquella Caxa, con la cuenta, y razon de lo que monta, y causa de que procede, por menor, á uno de los Puertos de Guayaquil, ó Payta, para que de allí en la primera ocasion de Navío, que partiere á la Ciudad de Panamá, se registre en nuestro nombre, consignado á los Oficiales de nuestra Real hacienda de ella'; and ley viij 'Que los Oficiales Reales de Honduras entreguen el dinero al principio del año, y dén las cuentas quando se ordena' (margin 'D. Felipe III en Madrid á 9 de Diciembre de 1617'), whose whole text reads 'EL dinero, y hacienda nuestra, que hubiere en la Caxa Real de la Provincia de Honduras, entreguen nuestros Oficiales al principio de cada un año, para que se trayga á estos Reynos. Y mandamos á los que hubieren de tomar cuentas á los susodichos, que á fin de quatro meses del año siguiente, las hayan fenecido' · primary

  8. The cost side is on the same leaf and in the laws' own words. The merchant ships of ley vj are taken into royal service on the governor's judgment and manned with soldiers at the province's effort; the overland alternative in the same law is available only while the Indians of the provinces remain at peace, which is to say that the route depends on a pacification the law does not discuss; and the deadline of ley v binds a whole kingdom's collection year to a convoy sailing for somebody else's silver. None of the four laws gives any inhabitant of the four provinces a right, a remedy or a share, and the word Indio appears in exactly one of them, as a condition of safe passage.

    confidence 0.85Recopilación de leyes de los reynos de las Indias, libro VIII título XXX 'DEL ENVÍO DE LA REAL HACIENDA' — leyes v to viij alone, from the heading of ley v in the lower half of the left-hand column of the printed folio 610 to the end of ley viij in the right-hand column of the same leaf: ley v 'Que los Oficiales de hacienda Real del Nuevo Reyno la remitan cada año, con puntualidad á los de Cartagena' (margin 'D. Felipe IIII en Madrid á 2 de Septiembre de 1634'), whose whole text reads 'MAndamos á los Oficiales de nuestra Real hacienda del Nuevo Reyno de Granada, que pongan todo cuidado en enviar cada año á los de Cartagena todo lo que recogieren de nuestra hacienda Real, ajustando el tiempo, de forma que para fin de Junio de cada un año se haya recibido en Cartagena, y pueda venir en la primera Armada, que fuere por la plata del Perú'; ley vj 'Que la hacienda Real de Venezuela se trayga á la Caxa del Rio de la Hacha' (margin 'D. Felipe III en S. Lorenzo á 18 de Octubre de 1607'), whose whole text reads 'EL Gobernador, y Oficiales Reales de la Provincia de Venezuela envien á los del Rio de la Hacha la plata nuestra, que hubiere en aquella Caxa, en algunos de los Navíos, que andan al trato, si tuvieren bastante defensa, reforzándolos con Arcabuceros, y Mosqueteros, pues la navegacion es tan corta, que no pasa de sesenta leguas; y si los Indios de las Provincias estuvieren en paz, y el camino seguro, y pareciere mejor al Gobernador, envíela por tierra, para que tocando allí el Navío, que ordinariamente va á la Isla Margarita, al tiempo que pasa á Cartagena, la reciba con la demas hacienda nuestra, que hubiere en la dicha Caxa'; ley vij 'Que la Real hacienda de Loja se remita por Guayaquil, ó Payta á Panamá' (margin 'D. Felipe II allí á 17 de Octubre de 1593'), whose whole text reads 'LOS Oficiales Reales de Loja, con intervencion del Corregidor, tengan particular cuidado de enviar en cada un año todo el oro, y plata que hubiere en aquella Caxa, con la cuenta, y razon de lo que monta, y causa de que procede, por menor, á uno de los Puertos de Guayaquil, ó Payta, para que de allí en la primera ocasion de Navío, que partiere á la Ciudad de Panamá, se registre en nuestro nombre, consignado á los Oficiales de nuestra Real hacienda de ella'; and ley viij 'Que los Oficiales Reales de Honduras entreguen el dinero al principio del año, y dén las cuentas quando se ordena' (margin 'D. Felipe III en Madrid á 9 de Diciembre de 1617'), whose whole text reads 'EL dinero, y hacienda nuestra, que hubiere en la Caxa Real de la Provincia de Honduras, entreguen nuestros Oficiales al principio de cada un año, para que se trayga á estos Reynos. Y mandamos á los que hubieren de tomar cuentas á los susodichos, que á fin de quatro meses del año siguiente, las hayan fenecido' · primary

  9. What this entry does not establish should be stated plainly. It reads four printed laws of a 1791 impression and nothing else: no registro, cartacuenta or account of any consignment from Nueva Granada, Venezuela, Loja or Honduras was opened, no year in which the June deadline of ley v was met or missed was traced, and nothing here shows whether a governor of Venezuela ever used the overland route of ley vj. Nor was the text collated against the 1681 first impression, which this corpus also holds, or against any archival original of the cédulas the margins cite. The entry shows what the law required and gives no evidence about compliance.

    confidence 0.9Recopilación de leyes de los reynos de las Indias, libro VIII título XXX 'DEL ENVÍO DE LA REAL HACIENDA' — leyes v to viij alone, from the heading of ley v in the lower half of the left-hand column of the printed folio 610 to the end of ley viij in the right-hand column of the same leaf: ley v 'Que los Oficiales de hacienda Real del Nuevo Reyno la remitan cada año, con puntualidad á los de Cartagena' (margin 'D. Felipe IIII en Madrid á 2 de Septiembre de 1634'), whose whole text reads 'MAndamos á los Oficiales de nuestra Real hacienda del Nuevo Reyno de Granada, que pongan todo cuidado en enviar cada año á los de Cartagena todo lo que recogieren de nuestra hacienda Real, ajustando el tiempo, de forma que para fin de Junio de cada un año se haya recibido en Cartagena, y pueda venir en la primera Armada, que fuere por la plata del Perú'; ley vj 'Que la hacienda Real de Venezuela se trayga á la Caxa del Rio de la Hacha' (margin 'D. Felipe III en S. Lorenzo á 18 de Octubre de 1607'), whose whole text reads 'EL Gobernador, y Oficiales Reales de la Provincia de Venezuela envien á los del Rio de la Hacha la plata nuestra, que hubiere en aquella Caxa, en algunos de los Navíos, que andan al trato, si tuvieren bastante defensa, reforzándolos con Arcabuceros, y Mosqueteros, pues la navegacion es tan corta, que no pasa de sesenta leguas; y si los Indios de las Provincias estuvieren en paz, y el camino seguro, y pareciere mejor al Gobernador, envíela por tierra, para que tocando allí el Navío, que ordinariamente va á la Isla Margarita, al tiempo que pasa á Cartagena, la reciba con la demas hacienda nuestra, que hubiere en la dicha Caxa'; ley vij 'Que la Real hacienda de Loja se remita por Guayaquil, ó Payta á Panamá' (margin 'D. Felipe II allí á 17 de Octubre de 1593'), whose whole text reads 'LOS Oficiales Reales de Loja, con intervencion del Corregidor, tengan particular cuidado de enviar en cada un año todo el oro, y plata que hubiere en aquella Caxa, con la cuenta, y razon de lo que monta, y causa de que procede, por menor, á uno de los Puertos de Guayaquil, ó Payta, para que de allí en la primera ocasion de Navío, que partiere á la Ciudad de Panamá, se registre en nuestro nombre, consignado á los Oficiales de nuestra Real hacienda de ella'; and ley viij 'Que los Oficiales Reales de Honduras entreguen el dinero al principio del año, y dén las cuentas quando se ordena' (margin 'D. Felipe III en Madrid á 9 de Diciembre de 1617'), whose whole text reads 'EL dinero, y hacienda nuestra, que hubiere en la Caxa Real de la Provincia de Honduras, entreguen nuestros Oficiales al principio de cada un año, para que se trayga á estos Reynos. Y mandamos á los que hubieren de tomar cuentas á los susodichos, que á fin de quatro meses del año siguiente, las hayan fenecido' · primary