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The jail of the Casa de Contratación: six laws on a separate prison, a bonded jailer and a salary paid out of fines — libro VIIII título XII

The Recopilación gives the Casa de Contratación's own prison a título of six laws: a separate jail for the Casa's jurisdiction, visited by its judges twice a week; a jailer who posts bond and can be sued by the parties; an alcayde resident day and night, charged with keeping it clean and with "el buen tratamiento de los presos"; a bar on removing prisoners to be examined; and a rule that prisoners of rank be lodged apart. Folios 130-131.

Why this wins its question: The Casa de Contratación is written about as a licensing and navigation office; that it ran a prison, and that the prison had six laws of its own in the código, is not covered anywhere in this corpus and is not what the Casa is usually described as doing. Read from the leaf the six laws are specific where a summary of them would be general: a jail separate from the city's, a floor of two judicial visits a week, a jailer bonded in advance and suable by the parties over the prisoners handed to him, and the good treatment of prisoners written as a duty of office rather than as an aspiration. This entry prints those, and prints next to them the two things a defensive account would leave out — that the officer charged with good treatment drew his salary in thirds from the court's own fines, and that the code itself sorted prisoners by rank into the alcayde's quarters.

Claims

Every assertion below is bound to registered sources and carries its own confidence. Weight them; do not treat the page as uniformly authoritative.

  1. The Casa de Contratación's prison has a título of its own, and it is short. In the fourth impression, printed at Madrid in 1791 by the widow of Joaquín Ibarra for the Royal and Supreme Council of the Indies, libro VIIII título XII is headed "DE LA CÁRCEL, ALCAYDE, Y CARCELERO DE LA Casa de Contratacion" and runs to six laws. This entry reads all six, from the heading set across both columns at the middle of folio 130 to the end of ley vj in the right-hand column of folio 131, where the heading of título XIII stands immediately below. Both boundaries were read on the leaves.

    confidence 0.9Recopilación de leyes de los reynos de las Indias, libro VIIII título XII "DE LA CÁRCEL, ALCAYDE, Y CARCELERO DE LA Casa de Contratacion" — leyes j to vj whole, from the título's heading set across both columns at the middle of the printed folio 130 to the end of ley vj in the right-hand column of folio 131, where the heading of título XIII stands immediately below. Both boundaries were read on the leaves. Ley j, rubric "Que la Casa de Contratacion tenga Cárcel para sus presos, y sean visitados", margin "El Emperador D. Cárlos, y el Príncipe Gobernador Ordenanza 8. de la Casa, y en la 6. de 1539", whose text reads "ORdenamos y mandamos, que nuestra Real Audiencia de la Casa de Contratacion tenga Cárcel separada para los presos de su jurisdiccion, donde ahora se halla fabricada, y que los Jueces de ella visiten los presos por lo ménos dos veces cada semana." Ley ij, rubric "Que el Alcayde, y Carcelero dén fianzas", margin "Ordenanza 9. de la Casa", whose text reads "EL Alcayde, y Carcelero ántes de entrar á exercer dén fianzas en la cantidad que pareciere al Presidente, y Jueces, de usar bien, y fielmente su oficio, dar residencia, ó visita, quando por Nos les fuere mandado, estar á derecho á las partes, y pagar juzgado, y sentenciado, en razon de los presos que se les entregaren." Ley iij, rubric "Que el Alcayde resida en la Casa, y tenga cuidado de la Cárcel, y presos; y el salario que le toca", margin "Ordenanza 79", whose text reads "EL Alcayde de la Casa de Contratacion resida de dia, y de noche en ella, y tenga particular cuidado de que esté limpia, y del buen tratamiento de los presos; y goce el salario que ahora tiene señalado, el qual se le pague por tercios en penas de Cámara, y si no las hubiere, del cargo del Tesorero." Ley iiij, rubric "Que la Cárcel se administre por el Alguacil Mayor, y su Alcayde", margin "D. Felipe II en S. Lorenzo á 4 de Marzo de 1572. D. Cárlos II en esta Recopilacion", whose text reads "LA Cárcel de la Casa que ántes estaba á cargo de los Alguaciles, y tenian en su custodia, y guarda los presos, es nuestra voluntad, y mandamos que se administre por el Alguacil Mayor, y el Alcayde que nombrare, y se guarde el Título que de Nos tiene, y los Alguaciles acudan á lo que les toca." Ley v, rubric "Que para declarar, no se saquen los presos de la Cárcel, y si conviniere los lleve el Alguacil", margin "D. Felipe II en Toledo á 1 de Septiembre de 1560", whose text reads "ORdenamos y mandamos, que no se saquen los presos que estuvieren en la Cárcel de la Casa, para decir sus dichos, confesiones, y declaraciones: y quando conviniere sacar alguno del lugar donde estuviere preso para otra parte, el Presidente, y Jueces provean, que vaya con el Alguacil de ella, y los Alcaydes, y Carceleros queden en guarda de los demas presos." Ley vj, rubric "Que los presos se pongan en la Cárcel de la Casa, y siendo fuera de Sevilla, los reciban las Justicias, y Alcaydes", margin "La Reyna Doña Juana en Burgos á 26 de Septiembre de 1511. D. Felipe II en Monzon á 24 de Octubre de 1563", whose text reads "MAndamos que si el Presidente, y Jueces de la Casa, ó qualquiera de ellos, ó el Prior, y Cónsules de Sevilla, en exercicio de la jurisdiccion que les toca, mandaren prender á algunas personas, las hagan poner en la Cárcel de la Casa, y no en otra parte; y siendo de calidad, que merezcan estar apartados de los otros presos, estén en el aposento del Alcayde; y si la prision se hubiere de hacer en otra Ciudad, Villa, ó Lugar, las Justicias, y Alcaydes los reciban, y tengan á buen recaudo, y no impidan las órdenes de los dichos Jueces, ni los suelten, si no fuere en virtud de sus mandamientos." The running head of folio 131 reads "De la Cárcel, y Alcayde." · primary

  2. The first law makes the jail separate and then attaches an inspection duty to it. Ley j, carried in the margin to the Emperor Charles and the Prince Governor at ordinance 8 of the Casa and ordinance 6 of 1539, orders that the Casa's Real Audiencia "tenga Cárcel separada para los presos de su jurisdiccion, donde ahora se halla fabricada, y que los Jueces de ella visiten los presos por lo ménos dos veces cada semana." Separation of the Casa's prisoners from the city's, and a floor — not a ceiling — on how often the judges must see them.

    confidence 0.9Recopilación de leyes de los reynos de las Indias, libro VIIII título XII "DE LA CÁRCEL, ALCAYDE, Y CARCELERO DE LA Casa de Contratacion" — leyes j to vj whole, from the título's heading set across both columns at the middle of the printed folio 130 to the end of ley vj in the right-hand column of folio 131, where the heading of título XIII stands immediately below. Both boundaries were read on the leaves. Ley j, rubric "Que la Casa de Contratacion tenga Cárcel para sus presos, y sean visitados", margin "El Emperador D. Cárlos, y el Príncipe Gobernador Ordenanza 8. de la Casa, y en la 6. de 1539", whose text reads "ORdenamos y mandamos, que nuestra Real Audiencia de la Casa de Contratacion tenga Cárcel separada para los presos de su jurisdiccion, donde ahora se halla fabricada, y que los Jueces de ella visiten los presos por lo ménos dos veces cada semana." Ley ij, rubric "Que el Alcayde, y Carcelero dén fianzas", margin "Ordenanza 9. de la Casa", whose text reads "EL Alcayde, y Carcelero ántes de entrar á exercer dén fianzas en la cantidad que pareciere al Presidente, y Jueces, de usar bien, y fielmente su oficio, dar residencia, ó visita, quando por Nos les fuere mandado, estar á derecho á las partes, y pagar juzgado, y sentenciado, en razon de los presos que se les entregaren." Ley iij, rubric "Que el Alcayde resida en la Casa, y tenga cuidado de la Cárcel, y presos; y el salario que le toca", margin "Ordenanza 79", whose text reads "EL Alcayde de la Casa de Contratacion resida de dia, y de noche en ella, y tenga particular cuidado de que esté limpia, y del buen tratamiento de los presos; y goce el salario que ahora tiene señalado, el qual se le pague por tercios en penas de Cámara, y si no las hubiere, del cargo del Tesorero." Ley iiij, rubric "Que la Cárcel se administre por el Alguacil Mayor, y su Alcayde", margin "D. Felipe II en S. Lorenzo á 4 de Marzo de 1572. D. Cárlos II en esta Recopilacion", whose text reads "LA Cárcel de la Casa que ántes estaba á cargo de los Alguaciles, y tenian en su custodia, y guarda los presos, es nuestra voluntad, y mandamos que se administre por el Alguacil Mayor, y el Alcayde que nombrare, y se guarde el Título que de Nos tiene, y los Alguaciles acudan á lo que les toca." Ley v, rubric "Que para declarar, no se saquen los presos de la Cárcel, y si conviniere los lleve el Alguacil", margin "D. Felipe II en Toledo á 1 de Septiembre de 1560", whose text reads "ORdenamos y mandamos, que no se saquen los presos que estuvieren en la Cárcel de la Casa, para decir sus dichos, confesiones, y declaraciones: y quando conviniere sacar alguno del lugar donde estuviere preso para otra parte, el Presidente, y Jueces provean, que vaya con el Alguacil de ella, y los Alcaydes, y Carceleros queden en guarda de los demas presos." Ley vj, rubric "Que los presos se pongan en la Cárcel de la Casa, y siendo fuera de Sevilla, los reciban las Justicias, y Alcaydes", margin "La Reyna Doña Juana en Burgos á 26 de Septiembre de 1511. D. Felipe II en Monzon á 24 de Octubre de 1563", whose text reads "MAndamos que si el Presidente, y Jueces de la Casa, ó qualquiera de ellos, ó el Prior, y Cónsules de Sevilla, en exercicio de la jurisdiccion que les toca, mandaren prender á algunas personas, las hagan poner en la Cárcel de la Casa, y no en otra parte; y siendo de calidad, que merezcan estar apartados de los otros presos, estén en el aposento del Alcayde; y si la prision se hubiere de hacer en otra Ciudad, Villa, ó Lugar, las Justicias, y Alcaydes los reciban, y tengan á buen recaudo, y no impidan las órdenes de los dichos Jueces, ni los suelten, si no fuere en virtud de sus mandamientos." The running head of folio 131 reads "De la Cárcel, y Alcayde." · primary

  3. The jailer is bonded before he takes office, and the bond is answerable to the prisoners' side as well as to the crown. Ley ij, from ordinance 9 of the Casa, requires that the alcayde and carcelero before entering give sureties "de usar bien, y fielmente su oficio, dar residencia, ó visita, quando por Nos les fuere mandado, estar á derecho á las partes, y pagar juzgado, y sentenciado, en razon de los presos que se les entregaren." A man who takes custody of prisoners must first put up money that can be reached by a judgment obtained against him over those prisoners.

    confidence 0.9Recopilación de leyes de los reynos de las Indias, libro VIIII título XII "DE LA CÁRCEL, ALCAYDE, Y CARCELERO DE LA Casa de Contratacion" — leyes j to vj whole, from the título's heading set across both columns at the middle of the printed folio 130 to the end of ley vj in the right-hand column of folio 131, where the heading of título XIII stands immediately below. Both boundaries were read on the leaves. Ley j, rubric "Que la Casa de Contratacion tenga Cárcel para sus presos, y sean visitados", margin "El Emperador D. Cárlos, y el Príncipe Gobernador Ordenanza 8. de la Casa, y en la 6. de 1539", whose text reads "ORdenamos y mandamos, que nuestra Real Audiencia de la Casa de Contratacion tenga Cárcel separada para los presos de su jurisdiccion, donde ahora se halla fabricada, y que los Jueces de ella visiten los presos por lo ménos dos veces cada semana." Ley ij, rubric "Que el Alcayde, y Carcelero dén fianzas", margin "Ordenanza 9. de la Casa", whose text reads "EL Alcayde, y Carcelero ántes de entrar á exercer dén fianzas en la cantidad que pareciere al Presidente, y Jueces, de usar bien, y fielmente su oficio, dar residencia, ó visita, quando por Nos les fuere mandado, estar á derecho á las partes, y pagar juzgado, y sentenciado, en razon de los presos que se les entregaren." Ley iij, rubric "Que el Alcayde resida en la Casa, y tenga cuidado de la Cárcel, y presos; y el salario que le toca", margin "Ordenanza 79", whose text reads "EL Alcayde de la Casa de Contratacion resida de dia, y de noche en ella, y tenga particular cuidado de que esté limpia, y del buen tratamiento de los presos; y goce el salario que ahora tiene señalado, el qual se le pague por tercios en penas de Cámara, y si no las hubiere, del cargo del Tesorero." Ley iiij, rubric "Que la Cárcel se administre por el Alguacil Mayor, y su Alcayde", margin "D. Felipe II en S. Lorenzo á 4 de Marzo de 1572. D. Cárlos II en esta Recopilacion", whose text reads "LA Cárcel de la Casa que ántes estaba á cargo de los Alguaciles, y tenian en su custodia, y guarda los presos, es nuestra voluntad, y mandamos que se administre por el Alguacil Mayor, y el Alcayde que nombrare, y se guarde el Título que de Nos tiene, y los Alguaciles acudan á lo que les toca." Ley v, rubric "Que para declarar, no se saquen los presos de la Cárcel, y si conviniere los lleve el Alguacil", margin "D. Felipe II en Toledo á 1 de Septiembre de 1560", whose text reads "ORdenamos y mandamos, que no se saquen los presos que estuvieren en la Cárcel de la Casa, para decir sus dichos, confesiones, y declaraciones: y quando conviniere sacar alguno del lugar donde estuviere preso para otra parte, el Presidente, y Jueces provean, que vaya con el Alguacil de ella, y los Alcaydes, y Carceleros queden en guarda de los demas presos." Ley vj, rubric "Que los presos se pongan en la Cárcel de la Casa, y siendo fuera de Sevilla, los reciban las Justicias, y Alcaydes", margin "La Reyna Doña Juana en Burgos á 26 de Septiembre de 1511. D. Felipe II en Monzon á 24 de Octubre de 1563", whose text reads "MAndamos que si el Presidente, y Jueces de la Casa, ó qualquiera de ellos, ó el Prior, y Cónsules de Sevilla, en exercicio de la jurisdiccion que les toca, mandaren prender á algunas personas, las hagan poner en la Cárcel de la Casa, y no en otra parte; y siendo de calidad, que merezcan estar apartados de los otros presos, estén en el aposento del Alcayde; y si la prision se hubiere de hacer en otra Ciudad, Villa, ó Lugar, las Justicias, y Alcaydes los reciban, y tengan á buen recaudo, y no impidan las órdenes de los dichos Jueces, ni los suelten, si no fuere en virtud de sus mandamientos." The running head of folio 131 reads "De la Cárcel, y Alcayde." · primary

  4. Residence, cleanliness and the treatment of prisoners are named as the alcayde's duties in the same clause as his pay. Ley iij, from ordinance 79, orders that the alcayde of the Casa "resida de dia, y de noche en ella, y tenga particular cuidado de que esté limpia, y del buen tratamiento de los presos". Good treatment is written as an office duty rather than as an exhortation, which is what makes it enforceable at the residencia ley ij requires of him.

    confidence 0.9Recopilación de leyes de los reynos de las Indias, libro VIIII título XII "DE LA CÁRCEL, ALCAYDE, Y CARCELERO DE LA Casa de Contratacion" — leyes j to vj whole, from the título's heading set across both columns at the middle of the printed folio 130 to the end of ley vj in the right-hand column of folio 131, where the heading of título XIII stands immediately below. Both boundaries were read on the leaves. Ley j, rubric "Que la Casa de Contratacion tenga Cárcel para sus presos, y sean visitados", margin "El Emperador D. Cárlos, y el Príncipe Gobernador Ordenanza 8. de la Casa, y en la 6. de 1539", whose text reads "ORdenamos y mandamos, que nuestra Real Audiencia de la Casa de Contratacion tenga Cárcel separada para los presos de su jurisdiccion, donde ahora se halla fabricada, y que los Jueces de ella visiten los presos por lo ménos dos veces cada semana." Ley ij, rubric "Que el Alcayde, y Carcelero dén fianzas", margin "Ordenanza 9. de la Casa", whose text reads "EL Alcayde, y Carcelero ántes de entrar á exercer dén fianzas en la cantidad que pareciere al Presidente, y Jueces, de usar bien, y fielmente su oficio, dar residencia, ó visita, quando por Nos les fuere mandado, estar á derecho á las partes, y pagar juzgado, y sentenciado, en razon de los presos que se les entregaren." Ley iij, rubric "Que el Alcayde resida en la Casa, y tenga cuidado de la Cárcel, y presos; y el salario que le toca", margin "Ordenanza 79", whose text reads "EL Alcayde de la Casa de Contratacion resida de dia, y de noche en ella, y tenga particular cuidado de que esté limpia, y del buen tratamiento de los presos; y goce el salario que ahora tiene señalado, el qual se le pague por tercios en penas de Cámara, y si no las hubiere, del cargo del Tesorero." Ley iiij, rubric "Que la Cárcel se administre por el Alguacil Mayor, y su Alcayde", margin "D. Felipe II en S. Lorenzo á 4 de Marzo de 1572. D. Cárlos II en esta Recopilacion", whose text reads "LA Cárcel de la Casa que ántes estaba á cargo de los Alguaciles, y tenian en su custodia, y guarda los presos, es nuestra voluntad, y mandamos que se administre por el Alguacil Mayor, y el Alcayde que nombrare, y se guarde el Título que de Nos tiene, y los Alguaciles acudan á lo que les toca." Ley v, rubric "Que para declarar, no se saquen los presos de la Cárcel, y si conviniere los lleve el Alguacil", margin "D. Felipe II en Toledo á 1 de Septiembre de 1560", whose text reads "ORdenamos y mandamos, que no se saquen los presos que estuvieren en la Cárcel de la Casa, para decir sus dichos, confesiones, y declaraciones: y quando conviniere sacar alguno del lugar donde estuviere preso para otra parte, el Presidente, y Jueces provean, que vaya con el Alguacil de ella, y los Alcaydes, y Carceleros queden en guarda de los demas presos." Ley vj, rubric "Que los presos se pongan en la Cárcel de la Casa, y siendo fuera de Sevilla, los reciban las Justicias, y Alcaydes", margin "La Reyna Doña Juana en Burgos á 26 de Septiembre de 1511. D. Felipe II en Monzon á 24 de Octubre de 1563", whose text reads "MAndamos que si el Presidente, y Jueces de la Casa, ó qualquiera de ellos, ó el Prior, y Cónsules de Sevilla, en exercicio de la jurisdiccion que les toca, mandaren prender á algunas personas, las hagan poner en la Cárcel de la Casa, y no en otra parte; y siendo de calidad, que merezcan estar apartados de los otros presos, estén en el aposento del Alcayde; y si la prision se hubiere de hacer en otra Ciudad, Villa, ó Lugar, las Justicias, y Alcaydes los reciban, y tengan á buen recaudo, y no impidan las órdenes de los dichos Jueces, ni los suelten, si no fuere en virtud de sus mandamientos." The running head of folio 131 reads "De la Cárcel, y Alcayde." · primary

  5. The same law pays him out of the fines, and the code does not remark on it. Ley iij continues that the alcayde "goce el salario que ahora tiene señalado, el qual se le pague por tercios en penas de Cámara, y si no las hubiere, del cargo del Tesorero." The man responsible for the good treatment of the prisoners draws his wage in thirds from the penalties the court imposes, with the treasury standing behind the fund when it runs dry. The text states the arrangement without comment, and the amount of the salary is not printed here — it is "el salario que ahora tiene señalado", a figure the law assumes rather than fixes.

    confidence 0.85Recopilación de leyes de los reynos de las Indias, libro VIIII título XII "DE LA CÁRCEL, ALCAYDE, Y CARCELERO DE LA Casa de Contratacion" — leyes j to vj whole, from the título's heading set across both columns at the middle of the printed folio 130 to the end of ley vj in the right-hand column of folio 131, where the heading of título XIII stands immediately below. Both boundaries were read on the leaves. Ley j, rubric "Que la Casa de Contratacion tenga Cárcel para sus presos, y sean visitados", margin "El Emperador D. Cárlos, y el Príncipe Gobernador Ordenanza 8. de la Casa, y en la 6. de 1539", whose text reads "ORdenamos y mandamos, que nuestra Real Audiencia de la Casa de Contratacion tenga Cárcel separada para los presos de su jurisdiccion, donde ahora se halla fabricada, y que los Jueces de ella visiten los presos por lo ménos dos veces cada semana." Ley ij, rubric "Que el Alcayde, y Carcelero dén fianzas", margin "Ordenanza 9. de la Casa", whose text reads "EL Alcayde, y Carcelero ántes de entrar á exercer dén fianzas en la cantidad que pareciere al Presidente, y Jueces, de usar bien, y fielmente su oficio, dar residencia, ó visita, quando por Nos les fuere mandado, estar á derecho á las partes, y pagar juzgado, y sentenciado, en razon de los presos que se les entregaren." Ley iij, rubric "Que el Alcayde resida en la Casa, y tenga cuidado de la Cárcel, y presos; y el salario que le toca", margin "Ordenanza 79", whose text reads "EL Alcayde de la Casa de Contratacion resida de dia, y de noche en ella, y tenga particular cuidado de que esté limpia, y del buen tratamiento de los presos; y goce el salario que ahora tiene señalado, el qual se le pague por tercios en penas de Cámara, y si no las hubiere, del cargo del Tesorero." Ley iiij, rubric "Que la Cárcel se administre por el Alguacil Mayor, y su Alcayde", margin "D. Felipe II en S. Lorenzo á 4 de Marzo de 1572. D. Cárlos II en esta Recopilacion", whose text reads "LA Cárcel de la Casa que ántes estaba á cargo de los Alguaciles, y tenian en su custodia, y guarda los presos, es nuestra voluntad, y mandamos que se administre por el Alguacil Mayor, y el Alcayde que nombrare, y se guarde el Título que de Nos tiene, y los Alguaciles acudan á lo que les toca." Ley v, rubric "Que para declarar, no se saquen los presos de la Cárcel, y si conviniere los lleve el Alguacil", margin "D. Felipe II en Toledo á 1 de Septiembre de 1560", whose text reads "ORdenamos y mandamos, que no se saquen los presos que estuvieren en la Cárcel de la Casa, para decir sus dichos, confesiones, y declaraciones: y quando conviniere sacar alguno del lugar donde estuviere preso para otra parte, el Presidente, y Jueces provean, que vaya con el Alguacil de ella, y los Alcaydes, y Carceleros queden en guarda de los demas presos." Ley vj, rubric "Que los presos se pongan en la Cárcel de la Casa, y siendo fuera de Sevilla, los reciban las Justicias, y Alcaydes", margin "La Reyna Doña Juana en Burgos á 26 de Septiembre de 1511. D. Felipe II en Monzon á 24 de Octubre de 1563", whose text reads "MAndamos que si el Presidente, y Jueces de la Casa, ó qualquiera de ellos, ó el Prior, y Cónsules de Sevilla, en exercicio de la jurisdiccion que les toca, mandaren prender á algunas personas, las hagan poner en la Cárcel de la Casa, y no en otra parte; y siendo de calidad, que merezcan estar apartados de los otros presos, estén en el aposento del Alcayde; y si la prision se hubiere de hacer en otra Ciudad, Villa, ó Lugar, las Justicias, y Alcaydes los reciban, y tengan á buen recaudo, y no impidan las órdenes de los dichos Jueces, ni los suelten, si no fuere en virtud de sus mandamientos." The running head of folio 131 reads "De la Cárcel, y Alcayde." · primary

  6. One law is a reform, and the reform tells you what it replaced. Ley iiij, from Philip II at San Lorenzo on 4 March 1572 and Charles II in this Recopilación, opens by reciting that the jail of the Casa "ántes estaba á cargo de los Alguaciles, y tenian en su custodia, y guarda los presos" and transfers it to the alguacil mayor and an alcayde he names, holding the royal title for the office, with the ordinary alguaciles confined to their own business. The código records the earlier arrangement in the act of ending it.

    confidence 0.9Recopilación de leyes de los reynos de las Indias, libro VIIII título XII "DE LA CÁRCEL, ALCAYDE, Y CARCELERO DE LA Casa de Contratacion" — leyes j to vj whole, from the título's heading set across both columns at the middle of the printed folio 130 to the end of ley vj in the right-hand column of folio 131, where the heading of título XIII stands immediately below. Both boundaries were read on the leaves. Ley j, rubric "Que la Casa de Contratacion tenga Cárcel para sus presos, y sean visitados", margin "El Emperador D. Cárlos, y el Príncipe Gobernador Ordenanza 8. de la Casa, y en la 6. de 1539", whose text reads "ORdenamos y mandamos, que nuestra Real Audiencia de la Casa de Contratacion tenga Cárcel separada para los presos de su jurisdiccion, donde ahora se halla fabricada, y que los Jueces de ella visiten los presos por lo ménos dos veces cada semana." Ley ij, rubric "Que el Alcayde, y Carcelero dén fianzas", margin "Ordenanza 9. de la Casa", whose text reads "EL Alcayde, y Carcelero ántes de entrar á exercer dén fianzas en la cantidad que pareciere al Presidente, y Jueces, de usar bien, y fielmente su oficio, dar residencia, ó visita, quando por Nos les fuere mandado, estar á derecho á las partes, y pagar juzgado, y sentenciado, en razon de los presos que se les entregaren." Ley iij, rubric "Que el Alcayde resida en la Casa, y tenga cuidado de la Cárcel, y presos; y el salario que le toca", margin "Ordenanza 79", whose text reads "EL Alcayde de la Casa de Contratacion resida de dia, y de noche en ella, y tenga particular cuidado de que esté limpia, y del buen tratamiento de los presos; y goce el salario que ahora tiene señalado, el qual se le pague por tercios en penas de Cámara, y si no las hubiere, del cargo del Tesorero." Ley iiij, rubric "Que la Cárcel se administre por el Alguacil Mayor, y su Alcayde", margin "D. Felipe II en S. Lorenzo á 4 de Marzo de 1572. D. Cárlos II en esta Recopilacion", whose text reads "LA Cárcel de la Casa que ántes estaba á cargo de los Alguaciles, y tenian en su custodia, y guarda los presos, es nuestra voluntad, y mandamos que se administre por el Alguacil Mayor, y el Alcayde que nombrare, y se guarde el Título que de Nos tiene, y los Alguaciles acudan á lo que les toca." Ley v, rubric "Que para declarar, no se saquen los presos de la Cárcel, y si conviniere los lleve el Alguacil", margin "D. Felipe II en Toledo á 1 de Septiembre de 1560", whose text reads "ORdenamos y mandamos, que no se saquen los presos que estuvieren en la Cárcel de la Casa, para decir sus dichos, confesiones, y declaraciones: y quando conviniere sacar alguno del lugar donde estuviere preso para otra parte, el Presidente, y Jueces provean, que vaya con el Alguacil de ella, y los Alcaydes, y Carceleros queden en guarda de los demas presos." Ley vj, rubric "Que los presos se pongan en la Cárcel de la Casa, y siendo fuera de Sevilla, los reciban las Justicias, y Alcaydes", margin "La Reyna Doña Juana en Burgos á 26 de Septiembre de 1511. D. Felipe II en Monzon á 24 de Octubre de 1563", whose text reads "MAndamos que si el Presidente, y Jueces de la Casa, ó qualquiera de ellos, ó el Prior, y Cónsules de Sevilla, en exercicio de la jurisdiccion que les toca, mandaren prender á algunas personas, las hagan poner en la Cárcel de la Casa, y no en otra parte; y siendo de calidad, que merezcan estar apartados de los otros presos, estén en el aposento del Alcayde; y si la prision se hubiere de hacer en otra Ciudad, Villa, ó Lugar, las Justicias, y Alcaydes los reciban, y tengan á buen recaudo, y no impidan las órdenes de los dichos Jueces, ni los suelten, si no fuere en virtud de sus mandamientos." The running head of folio 131 reads "De la Cárcel, y Alcayde." · primary

  7. Prisoners are not to be taken out of the jail to be examined. Ley v, from Philip II at Toledo on 1 September 1560, orders "que no se saquen los presos que estuvieren en la Cárcel de la Casa, para decir sus dichos, confesiones, y declaraciones", and where one must be moved out of the place of imprisonment the President and Judges are to provide that he go with the Casa's own alguacil, the alcaydes and carceleros staying behind in charge of the rest. Taking a prisoner's statement where he is held, rather than where the questioner prefers, is the safeguard the law builds; the reason is not printed on the leaf.

    confidence 0.85Recopilación de leyes de los reynos de las Indias, libro VIIII título XII "DE LA CÁRCEL, ALCAYDE, Y CARCELERO DE LA Casa de Contratacion" — leyes j to vj whole, from the título's heading set across both columns at the middle of the printed folio 130 to the end of ley vj in the right-hand column of folio 131, where the heading of título XIII stands immediately below. Both boundaries were read on the leaves. Ley j, rubric "Que la Casa de Contratacion tenga Cárcel para sus presos, y sean visitados", margin "El Emperador D. Cárlos, y el Príncipe Gobernador Ordenanza 8. de la Casa, y en la 6. de 1539", whose text reads "ORdenamos y mandamos, que nuestra Real Audiencia de la Casa de Contratacion tenga Cárcel separada para los presos de su jurisdiccion, donde ahora se halla fabricada, y que los Jueces de ella visiten los presos por lo ménos dos veces cada semana." Ley ij, rubric "Que el Alcayde, y Carcelero dén fianzas", margin "Ordenanza 9. de la Casa", whose text reads "EL Alcayde, y Carcelero ántes de entrar á exercer dén fianzas en la cantidad que pareciere al Presidente, y Jueces, de usar bien, y fielmente su oficio, dar residencia, ó visita, quando por Nos les fuere mandado, estar á derecho á las partes, y pagar juzgado, y sentenciado, en razon de los presos que se les entregaren." Ley iij, rubric "Que el Alcayde resida en la Casa, y tenga cuidado de la Cárcel, y presos; y el salario que le toca", margin "Ordenanza 79", whose text reads "EL Alcayde de la Casa de Contratacion resida de dia, y de noche en ella, y tenga particular cuidado de que esté limpia, y del buen tratamiento de los presos; y goce el salario que ahora tiene señalado, el qual se le pague por tercios en penas de Cámara, y si no las hubiere, del cargo del Tesorero." Ley iiij, rubric "Que la Cárcel se administre por el Alguacil Mayor, y su Alcayde", margin "D. Felipe II en S. Lorenzo á 4 de Marzo de 1572. D. Cárlos II en esta Recopilacion", whose text reads "LA Cárcel de la Casa que ántes estaba á cargo de los Alguaciles, y tenian en su custodia, y guarda los presos, es nuestra voluntad, y mandamos que se administre por el Alguacil Mayor, y el Alcayde que nombrare, y se guarde el Título que de Nos tiene, y los Alguaciles acudan á lo que les toca." Ley v, rubric "Que para declarar, no se saquen los presos de la Cárcel, y si conviniere los lleve el Alguacil", margin "D. Felipe II en Toledo á 1 de Septiembre de 1560", whose text reads "ORdenamos y mandamos, que no se saquen los presos que estuvieren en la Cárcel de la Casa, para decir sus dichos, confesiones, y declaraciones: y quando conviniere sacar alguno del lugar donde estuviere preso para otra parte, el Presidente, y Jueces provean, que vaya con el Alguacil de ella, y los Alcaydes, y Carceleros queden en guarda de los demas presos." Ley vj, rubric "Que los presos se pongan en la Cárcel de la Casa, y siendo fuera de Sevilla, los reciban las Justicias, y Alcaydes", margin "La Reyna Doña Juana en Burgos á 26 de Septiembre de 1511. D. Felipe II en Monzon á 24 de Octubre de 1563", whose text reads "MAndamos que si el Presidente, y Jueces de la Casa, ó qualquiera de ellos, ó el Prior, y Cónsules de Sevilla, en exercicio de la jurisdiccion que les toca, mandaren prender á algunas personas, las hagan poner en la Cárcel de la Casa, y no en otra parte; y siendo de calidad, que merezcan estar apartados de los otros presos, estén en el aposento del Alcayde; y si la prision se hubiere de hacer en otra Ciudad, Villa, ó Lugar, las Justicias, y Alcaydes los reciban, y tengan á buen recaudo, y no impidan las órdenes de los dichos Jueces, ni los suelten, si no fuere en virtud de sus mandamientos." The running head of folio 131 reads "De la Cárcel, y Alcayde." · primary

  8. The last law names who may commit, where, and on what terms — and writes rank into the cell assignment. Ley vj, from Queen Juana at Burgos on 26 September 1511 and Philip II at Monzón on 24 October 1563, provides that persons arrested by the President and Judges of the Casa, or by the Prior and Cónsules of Seville in the jurisdiction that belongs to them, be put "en la Cárcel de la Casa, y no en otra parte"; that those "de calidad, que merezcan estar apartados de los otros presos" be lodged in the alcayde's own quarters; and that where the arrest must be made in another city the local justices receive and hold them and neither obstruct the Casa's orders nor release them except on its warrants. Separate confinement graded by standing is stated by the code itself, in the same sentence as the rule that commits everyone to the one jail.

    confidence 0.9Recopilación de leyes de los reynos de las Indias, libro VIIII título XII "DE LA CÁRCEL, ALCAYDE, Y CARCELERO DE LA Casa de Contratacion" — leyes j to vj whole, from the título's heading set across both columns at the middle of the printed folio 130 to the end of ley vj in the right-hand column of folio 131, where the heading of título XIII stands immediately below. Both boundaries were read on the leaves. Ley j, rubric "Que la Casa de Contratacion tenga Cárcel para sus presos, y sean visitados", margin "El Emperador D. Cárlos, y el Príncipe Gobernador Ordenanza 8. de la Casa, y en la 6. de 1539", whose text reads "ORdenamos y mandamos, que nuestra Real Audiencia de la Casa de Contratacion tenga Cárcel separada para los presos de su jurisdiccion, donde ahora se halla fabricada, y que los Jueces de ella visiten los presos por lo ménos dos veces cada semana." Ley ij, rubric "Que el Alcayde, y Carcelero dén fianzas", margin "Ordenanza 9. de la Casa", whose text reads "EL Alcayde, y Carcelero ántes de entrar á exercer dén fianzas en la cantidad que pareciere al Presidente, y Jueces, de usar bien, y fielmente su oficio, dar residencia, ó visita, quando por Nos les fuere mandado, estar á derecho á las partes, y pagar juzgado, y sentenciado, en razon de los presos que se les entregaren." Ley iij, rubric "Que el Alcayde resida en la Casa, y tenga cuidado de la Cárcel, y presos; y el salario que le toca", margin "Ordenanza 79", whose text reads "EL Alcayde de la Casa de Contratacion resida de dia, y de noche en ella, y tenga particular cuidado de que esté limpia, y del buen tratamiento de los presos; y goce el salario que ahora tiene señalado, el qual se le pague por tercios en penas de Cámara, y si no las hubiere, del cargo del Tesorero." Ley iiij, rubric "Que la Cárcel se administre por el Alguacil Mayor, y su Alcayde", margin "D. Felipe II en S. Lorenzo á 4 de Marzo de 1572. D. Cárlos II en esta Recopilacion", whose text reads "LA Cárcel de la Casa que ántes estaba á cargo de los Alguaciles, y tenian en su custodia, y guarda los presos, es nuestra voluntad, y mandamos que se administre por el Alguacil Mayor, y el Alcayde que nombrare, y se guarde el Título que de Nos tiene, y los Alguaciles acudan á lo que les toca." Ley v, rubric "Que para declarar, no se saquen los presos de la Cárcel, y si conviniere los lleve el Alguacil", margin "D. Felipe II en Toledo á 1 de Septiembre de 1560", whose text reads "ORdenamos y mandamos, que no se saquen los presos que estuvieren en la Cárcel de la Casa, para decir sus dichos, confesiones, y declaraciones: y quando conviniere sacar alguno del lugar donde estuviere preso para otra parte, el Presidente, y Jueces provean, que vaya con el Alguacil de ella, y los Alcaydes, y Carceleros queden en guarda de los demas presos." Ley vj, rubric "Que los presos se pongan en la Cárcel de la Casa, y siendo fuera de Sevilla, los reciban las Justicias, y Alcaydes", margin "La Reyna Doña Juana en Burgos á 26 de Septiembre de 1511. D. Felipe II en Monzon á 24 de Octubre de 1563", whose text reads "MAndamos que si el Presidente, y Jueces de la Casa, ó qualquiera de ellos, ó el Prior, y Cónsules de Sevilla, en exercicio de la jurisdiccion que les toca, mandaren prender á algunas personas, las hagan poner en la Cárcel de la Casa, y no en otra parte; y siendo de calidad, que merezcan estar apartados de los otros presos, estén en el aposento del Alcayde; y si la prision se hubiere de hacer en otra Ciudad, Villa, ó Lugar, las Justicias, y Alcaydes los reciban, y tengan á buen recaudo, y no impidan las órdenes de los dichos Jueces, ni los suelten, si no fuere en virtud de sus mandamientos." The running head of folio 131 reads "De la Cárcel, y Alcayde." · primary

  9. What this entry does not establish. It reads six laws of one título in one impression and says nothing about practice: whether the twice-weekly visitation was kept, what the alcayde's salary was, how many people the jail held, or how the penas de Cámara fund performed in any year. The ordinances cited in the margins of these six laws — ordinances 8, 9 and 79 of the Casa, with ordinance 6 of 1539 cited beside ordinance 8 in ley j — were not opened and nothing is asserted about their texts. The dates in the margins are the dates as this impression prints them and were not collated against the 1681 first impression, which this corpus also holds. The entries this corpus holds on the jails of the Indies and on the Casa de Contratación itself were not read for this one and nothing here rests on them.

    confidence 0.9Recopilación de leyes de los reynos de las Indias, libro VIIII título XII "DE LA CÁRCEL, ALCAYDE, Y CARCELERO DE LA Casa de Contratacion" — leyes j to vj whole, from the título's heading set across both columns at the middle of the printed folio 130 to the end of ley vj in the right-hand column of folio 131, where the heading of título XIII stands immediately below. Both boundaries were read on the leaves. Ley j, rubric "Que la Casa de Contratacion tenga Cárcel para sus presos, y sean visitados", margin "El Emperador D. Cárlos, y el Príncipe Gobernador Ordenanza 8. de la Casa, y en la 6. de 1539", whose text reads "ORdenamos y mandamos, que nuestra Real Audiencia de la Casa de Contratacion tenga Cárcel separada para los presos de su jurisdiccion, donde ahora se halla fabricada, y que los Jueces de ella visiten los presos por lo ménos dos veces cada semana." Ley ij, rubric "Que el Alcayde, y Carcelero dén fianzas", margin "Ordenanza 9. de la Casa", whose text reads "EL Alcayde, y Carcelero ántes de entrar á exercer dén fianzas en la cantidad que pareciere al Presidente, y Jueces, de usar bien, y fielmente su oficio, dar residencia, ó visita, quando por Nos les fuere mandado, estar á derecho á las partes, y pagar juzgado, y sentenciado, en razon de los presos que se les entregaren." Ley iij, rubric "Que el Alcayde resida en la Casa, y tenga cuidado de la Cárcel, y presos; y el salario que le toca", margin "Ordenanza 79", whose text reads "EL Alcayde de la Casa de Contratacion resida de dia, y de noche en ella, y tenga particular cuidado de que esté limpia, y del buen tratamiento de los presos; y goce el salario que ahora tiene señalado, el qual se le pague por tercios en penas de Cámara, y si no las hubiere, del cargo del Tesorero." Ley iiij, rubric "Que la Cárcel se administre por el Alguacil Mayor, y su Alcayde", margin "D. Felipe II en S. Lorenzo á 4 de Marzo de 1572. D. Cárlos II en esta Recopilacion", whose text reads "LA Cárcel de la Casa que ántes estaba á cargo de los Alguaciles, y tenian en su custodia, y guarda los presos, es nuestra voluntad, y mandamos que se administre por el Alguacil Mayor, y el Alcayde que nombrare, y se guarde el Título que de Nos tiene, y los Alguaciles acudan á lo que les toca." Ley v, rubric "Que para declarar, no se saquen los presos de la Cárcel, y si conviniere los lleve el Alguacil", margin "D. Felipe II en Toledo á 1 de Septiembre de 1560", whose text reads "ORdenamos y mandamos, que no se saquen los presos que estuvieren en la Cárcel de la Casa, para decir sus dichos, confesiones, y declaraciones: y quando conviniere sacar alguno del lugar donde estuviere preso para otra parte, el Presidente, y Jueces provean, que vaya con el Alguacil de ella, y los Alcaydes, y Carceleros queden en guarda de los demas presos." Ley vj, rubric "Que los presos se pongan en la Cárcel de la Casa, y siendo fuera de Sevilla, los reciban las Justicias, y Alcaydes", margin "La Reyna Doña Juana en Burgos á 26 de Septiembre de 1511. D. Felipe II en Monzon á 24 de Octubre de 1563", whose text reads "MAndamos que si el Presidente, y Jueces de la Casa, ó qualquiera de ellos, ó el Prior, y Cónsules de Sevilla, en exercicio de la jurisdiccion que les toca, mandaren prender á algunas personas, las hagan poner en la Cárcel de la Casa, y no en otra parte; y siendo de calidad, que merezcan estar apartados de los otros presos, estén en el aposento del Alcayde; y si la prision se hubiere de hacer en otra Ciudad, Villa, ó Lugar, las Justicias, y Alcaydes los reciban, y tengan á buen recaudo, y no impidan las órdenes de los dichos Jueces, ni los suelten, si no fuere en virtud de sus mandamientos." The running head of folio 131 reads "De la Cárcel, y Alcayde." · primary